Monotributistas excluidos retroactivamente. Cómputo del crédito fiscal en IVA una crítica al dictamen de la Procuradora General de la Nación en la causa “Riso, María de los Ángeles”

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Ley N° 26.764: Información de interés para peritos y síndicos

Logo ErreparCon fecha 14 de agosto de 2015 la Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal ordenó en los autos “BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES c/ BANCO DE LA NACION ARGENTINA s/ ACCION MERAMENTE DECLARATIVA S/INCIDENTE DE MEDIDA PRECAUTORIA (Causa Nº 6.417/2012)” la suspensión de la transferencia de los depósitos judiciales del Banco de la Ciudad de Buenos Aires al Banco de la Nación Argentina impuesta por la Ley N° 26.764 y la apertura en esta última entidad bancaria de las nuevas cuentas que estén relacionadas con procesos judiciales que tramiten por ante los tribunales nacionales ordinarios en lo comercial, laboral, criminal y correccional, incluida la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional.

La medida se tornó efectiva a partir del 19 de agosto, fecha en la cual el Banco de la Nación Argentina dejó de abrir cuentas judiciales correspondientes a los fueros antes mencionados, debiendo abrirse dichas cuentas en la sucursal Tribunales del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, rigiendo la misma hasta que se dicte sentencia firme en el expediente mencionado.

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