Convenio Multilateral. Tratamiento de gastos bancarios para el coeficiente unificado. Derogación

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Convenio Multilateral. Se deroga el tratamiento de los gastos relacionados con la utilización de cuentas bancarias para sujetos que distribuyen la base imponible de acuerdo al régimen generalRESOLUCIÓN GENERAL (Com. Plenaria Convenio Multilateral) 41/2016
BO: 16/12/2016

Se deroga el tratamiento otorgado a los gastos relacionados con la utilización de cuentas bancarias para sujetos que distribuyen la base imponible de acuerdo al régimen general de Convenio Multilateral -RG (CA) 7/2016-.

Destacamos que la citada normativa establecía que los gastos, comisiones e impuestos relacionados con la utilización de cuentas bancarias resultaban atribuibles a la jurisdicción donde se encontraba abierta la cuenta que originaba dichos gastos. No obstante, la Comisión Plenaria de Convenio Multilateral se expide, estableciendo que no ha encontrado elementos que acrediten con carácter general que los gastos, comisiones e impuestos devengados, relacionados con la utilización de cuentas bancarias, son soportados por los vendedores o prestadores de servicios, titulares de las mismas, en la jurisdicción donde dichas cuentas se encuentren abiertas.

Recordamos que dicha resolución se encontraba suspendida por medio de la resolución general (CA) 9/2016, hasta que la Comisión Plenaria resolviera de manera definitiva los recursos de apelación presentados.

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Fuente: Editorial Errepar