La AFIP extiende hasta el 30 de agosto la feria fiscal

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ACTUALIZACIÓN AL 20/8

La AFIP establece para los días comprendidos entre el 17 y el 30 de agosto de 2020, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinaria.
Recordamos que entre dichas fechas no se computarán los plazos procedimentales en materia impositiva, de los recursos de la seguridad social y aduanera.

Se exceptúan de la presente medida los procedimientos de fiscalización, sumariales y de determinación de oficio relacionados con el Régimen de Precios de Transferencia, como así también los procedimientos de fiscalización relacionados con la información proporcionada por la Organización para la Cooperación y Desarrollo.

Accedé a la RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4794

AFIP informa que se prorroga la feria fiscal hasta el 30 de agosto, inclusive.

Durante la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio, dispuesto por el Gobierno nacional, se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos como determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros.