
La AFIP extiende a los días comprendidos entre el 1 y el 12 de abril, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinaria.
Recordamos que entre dichas fechas no se computarán los plazos procedimentales en materia impositiva, de los recursos de la seguridad social y aduanera.
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4692
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