Nuevo domicilio legal de la Administración Federal de Ingresos Públicos

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Nuevo domicilio legal de la AFIP: Balcarce 167, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, División Oficios, PB, ventanillas 8, 9 y 10

Se fija, a partir del 19 de enero de 2018, el nuevo domicilio legal de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

En tal sentido, las presentaciones de las cédulas, oficios, exhortos, rogatorias y toda otra petición dirigida a la Administración Federal de Ingresos Públicos correspondientes a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Gran Buenos Aires, en los casos en que esta no hubiera constituido domicilio procesal, deberán ser efectuadas exclusivamente en la calle Balcarce 167, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, División Oficios, PB, ventanillas 8, 9 y 10.

Con relación a las presentaciones que se efectúen en el interior del país, se considerará domicilio legal el de la Agencia Sede, Agencia, Distrito y Aduanas, que corresponda respectivamente.

DISPOSICIÓN (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 15-E/2018

VISTO

El Decreto Nº 1.156 del 14 de octubre de 1996, el Decreto N° 1.589 del 19 de diciembre de 1996, el Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios y la Disposición N° 136 (AFIP) del 10 de marzo de 1998, y

CONSIDERANDO

Que por el Decreto N° 1.156/96 se constituyó la Administración Federal de Ingresos Públicos, por el Decreto N° 1.589/96 se precisaron distintos aspectos del proceso de fusión entre la Dirección General Impositiva y la Administración Nacional de Aduanas y mediante el Decreto N° 618/97 sus modificatorios y sus complementarios, se estableció su organización y competencias.

Que con el fin de permitir a esta Administración Federal cumplimentar, en tiempo y forma oportunos, con los requerimientos judiciales y/o aquellos que emanan de los diversos organismos administrativos, mediante la Disposición N° 136/98 (AFIP) se fijó, con alcance general, su domicilio legal -en los casos en que no hubiere constituido domicilio procesal- en el cual se deben notificar y presentar las cédulas, oficios y rogatorias.

Que en razón de que este Organismo entiende prioritario brindar servicios al ciudadano en un marco de eficiencia, eficacia y calidad, resulta necesario proceder a fijar un nuevo domicilio legal para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Gran Buenos Aires.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Coordinación Técnico Institucional.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios y la Disposición N° 45/16 (AFIP).

Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA A CARGO DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE

Art. 1 – Las presentaciones de las cédulas, oficios, exhortos, rogatorias y toda otra petición dirigida a esta Administración Federal de Ingresos Públicos correspondientes a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Gran Buenos Aires, en los casos en que esta no hubiera constituido domicilio procesal, deberán ser efectuadas exclusivamente en el domicilio legal de este Organismo sito en la calle Balcarce 167, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, División Oficios, PB, Ventanillas 8, 9 y 10.

Art. 2 – Con relación a las presentaciones referidas en el artículo 1 que se efectúen en el interior del país, se considerará domicilio legal del Organismo, el de la Agencia Sede, Agencia, Distrito y Aduanas, que corresponda respectivamente.

Art. 3 – A los efectos del cómputo de los plazos, esta Administración Federal se considerará notificada de las presentaciones a partir de su recepción en los domicilios indicados en los artículos anteriores.

Art. 4 – Déjase sin efecto la disposición (AFIP) 136 del 10 de marzo de 1998.

Art. 5 – Lo dispuesto en la presente entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 6 – De forma.

 

Fuente: Editorial Errepar