Se extiende hasta el 31/12/2020 el reintegro por compras con tarjetas de débito para jubilados, pensionados y beneficiarios de la asignación universal por hijo

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Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2020 la vigencia del régimen de reintegros para los sujetos que perciban jubilaciones y pensiones, asignaciones universales por hijo, asignaciones por embarazo o pensiones no contributivas, por las compras de bienes muebles que realicen mediante tarjetas de débito.

Recordamos que el citado reintegro es del 15% del monto total de la compra, con un tope de $700 mensuales, y el mismo es acreditado por las entidades financieras en las cuentas de los beneficiarios dentro de las 24 horas hábiles de efectuada la operación de compra.

Tal como precisa la normativa,

a través de un régimen de reintegros para personas humanas que revistan la condición de consumidores finales y de estímulos para los pequeños contribuyentes, destinado a estimular comportamientos vinculados con la formalización de la economía y el cumplimiento tributario, se dispone que tanto el reintegro como los estímulos deben priorizar a los sectores más vulnerados de la sociedad y fomentar la inclusión financiera, asegurando su aplicación sostenida durante el plazo de vigencia de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública; para lo cual este Organismo Fiscal está facultado a requerir informes técnicos y sociales, y a coordinar su aplicación con el Ministerio de Desarrollo Social, con la Administración Nacional de la Seguridad Social, así como con las demás autoridades administrativas que resulten competentes.

Accedé a la Resolución General (AFIP) 4797