Bancos: Horario extendido con turno previo y operaciones sin cargo por uso de cajeros automáticos

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FERIADO BANCARIO EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2018 En Banco Central de la República Argentina a través de la Comunicación “B” 11173 dispuso feriado bancario para el día 30 de noviembre de 2018 en todo el ámbito de la República Argentina.

El Banco Central de la República Argentina, a través de la Comunicación A 6958, dispone que las entidades financieras, las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y compra y otros proveedores no financieros de crédito, deberán abrir para la atención al público en general, durante la semana del 13 al 17 de abril, pero sin acceso a las cajas y según un cronograma que depende de la terminación del DNI o dígito verificador del CUIT y con turno previo acordado por medios electrónicos.

Los turnos se solicitan, a partir del 8 de abril, a través de home banking, líneas de teléfono o mail –según lo que habilite cada banco- y deberá presentarse su comprobante para el ingreso a la sucursal. Este comprobante servirá asimismo como permiso de circulación.

La atención de clientes que sean beneficiarios de haberes previsionales y pensiones integrantes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) o de aquéllos cuyo ente administrador corresponda a jurisdicciones provinciales o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, será conforme al cronograma que difunda la ANSES o que el correspondiente ente administrador establezca, no siendo necesaria la obtención de turno.

Las casas de cambio no podrán atender al público en sus sucursales. Sin embargo podrán operar en el mercado cambiario entre ellas, con entidades financieras y con clientes en forma remota.

COMUNICACIÓN “A” 6958

A través de la Comunicación A 6957 se extiende hasta el 30 de junio de 2020 la prohibición de cobrar cargos y/o comisiones por operaciones como depósitos, extracciones o consultas efectuadas mediante cajeros automáticos habilitados, sin límite de importe, salvo aquellos que expresamente se convengan por razones de seguridad o restricciones del equipo.

Asimismo, no habrá distinción entre clientes y no clientes, independientemente del tipo de cuenta y la red a la que pertenezca el cajero y se deberá asegurar que todas las personas humanas y jurídicas puedan efectuar extracciones por un importe que, como mínimo alcance la suma de $15.000 acumulado diario.

COMUNICACIÓN “A” 6957