Nuevas barreras para el pago de importaciones

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El Banco Central de la República Argentina (BCRA) continúa sumando nuevas restricciones para el sector importador para acceder al mercado de divisas, luego de las comunicaciones emitidas durante estos meses, tal como las hemos analizado anteriormente(1).

En esta oportunidad, a través de la Comunicación “A” 7138, el Organismo monetario incorpora un nuevo requisito para el pago de importaciones de bienes con registro de ingreso aduanero pendiente, que consiste en que el importador deberá acreditar la declaración efectuada a través del Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI) en estado “Salida” de los bienes en todos los casos en que esa declaración sea requisito para el registro de la solicitud de destinación de importación para consumo.

Este requisito también aplica para la cancelación de cartas de crédito o letras avaladas, emitidas u otorgadas a partir del viernes 16 de octubre.

De esta manera, se restringe el acceso al mercado de cambios para efectuar pagos anticipados de importación e importaciones que aún no hayan completado la nacionalización, ya que requiere como condición contar con una SIMI aprobada, que será verificada por las entidades financieras intervinientes.

Los pagos alcanzados por esta disposición son los pagos a la vista contra la presentación de la documentación de embarque, los pagos de deudas comerciales al exterior y la cancelación de garantías comerciales de importaciones de bienes otorgadas por entidades locales.

Este régimen tiene como corolario las famosas “DJAI” (Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación), que rigieron desde el 2012 al 2015, cuya finalidad en ambas es la de proteger la industria nacional; sin embargo, el impacto es directo, ya que la mayoría de los importadores no cuentan con crédito de parte de sus contrapartes del exterior y pagan anticipado o a la vista, y se teme que se convierta en una grave dificultad, incluso para aquellos que necesitan importar para producir bienes en el país.

Por otro lado, estableció que a partir del 2 de noviembre próximo, si un importador presenta demoras en la regularización de pagos realizados entre el 2 de septiembre y el 31 de octubre de 2019 por importaciones con registro de ingreso aduanero pendiente, no podrá realizar nuevos pagos anticipados hasta tanto no regularice su situación.

Continuando en la misma dirección de barreras burocráticas, el BCRA dispuso nuevas medidas respecto del régimen informativo llamado “Anticipo de Operaciones Cambiarias“, según el cual se tienen que informar, con 2 días hábiles de anticipación, las operaciones cambiarias superiores a US$ 2 millones, monto que fue reducido a US$ 500.000, y en esta oportunidad, a US$ 50.000.

Se trata de un mero régimen informativo, que no significa que se deberá obtener el consentimiento del Central para cursar operaciones por encima de u$s 50.000, pero que exterioriza la protección de reservas que se ha propuesto el BCRA.

Nota:

(1) Ver: “La comunicación A (BCRA) 7030 y sus repercusiones en el sector empresarial” y “El Banco Central flexibilizó el acceso al mercado de cambios oficial para empresas importadoras