Caja de ahorro destinada a menores de edad adolescentes. Su reglamentación

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El Banco Central de la República Argentina, a través de la Comunicación “A” 6700, de fecha 16/5/2019, informa que a partir de los 13 años las personas menores de edad podrán abrir por sí una caja de ahorro sin la intervención de sus representantes legales, en tanto no se cuente con indicaciones de estos en sentido contrario.
El titular de la cuenta será el menor adolescente. Podrán ser cotitulares cualesquiera de sus representantes legales. No se admitirán autorizados.
La presente normativa entra en vigencia el 17/5/2019.

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