Contribuciones patronales: ¿Cómo y cuándo se podrá utilizar la detracción adicional de $10.000?

La AFIP dispone que la detracción adicional de $ 10.000 dispuesta por el artículo 23 de la ley 27541 se calculará aplicando la alícuota contributiva sobre dicho monto, y el resultado se descuenta del total de las contribuciones.
Para la aplicación de la detracción adicional se deberá utilizar la versión 42 del aplicativo SICOSS, que estará disponible en el sitio web de la AFIP a partir del 1 de marzo de 2020. Por esta razón, se aclara que las DDJJ de los meses de diciembre de 2019 y enero de 2020 podrán ser rectificadas por nómina completa y a efectos de aplicar la detracción, hasta el 31 de marzo de 2020, inclusive.

Feriados del año 2020 para entidades financieras

– 1 de enero (1) Año Nuevo.
– 24 de febrero (1) Carnaval.
– 25 de febrero (1) Carnaval.
– 23 de marzo (3) Feriado con fin turístico.
– 24 de marzo (1) Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
– 2 de abril (1) Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
– 9 de abril (2) Jueves Santo.
– 10 de abril (1) Viernes Santo.
– 1 de mayo (1) Día del Trabajador.
– 25 de mayo (1) Día de la Revolución de Mayo.
– 15 de junio (1) Paso a la inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes.
– 9 de julio (1) Día de la Independencia.
– 10 de julio (3) Feriado con fin turístico.
– 17 de agosto (1) Paso a la inmortalidad del General José de San Martín.
– 12 de octubre (1) Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
– 23 de noviembre (1) Día de la Soberanía Nacional.
– 7 de diciembre (3) Feriado con fin turístico.
– 8 de diciembre (1) Día de la Inmaculada Concepción de María.
– 25 de diciembre (1) Navidad.