Cuarentena: nuevas excepciones en las provincias de Buenos Aires y la Pampa

La Jefatura de Gabinete habilita determinadas actividades en los departamentos de Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Brandsen, Campana, Cañuelas, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Exaltación de la Cruz, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero, Vicente López y Zárate.

Trabajadores en relación de dependencia: se extiende el plazo para realizar la liquidación anual por parte del empleador del período fiscal 2019

Se extiende excepcionalmente hasta el 3/7/2020 el plazo para que los empleadores que actúan como agentes de retención efectúen la liquidación anual correspondiente al año 2019, debiendo retener o reintegrar las diferencias que pudieran haberse producido cuando se efectúe el primer pago posterior o en los siguientes, si no fuera suficiente, y hasta el 10/8/2020, inclusive.

Se extiende a junio y julio la prohibición de despedir y suspender

El doctor Ignacio Orlando describe los principales aspectos del Decreto 487/2020, que extiende durante los meses de junio y julio, la prohibición de los despidos sin justa causa y los despidos y/o suspensiones por falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.

Cuarentena: excepciones a determinadas actividades e industrias para las provincias de Buenos Aires y Mendoza

La Jefatura de Gabinete de Ministros exceptúa del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, al trabajo en oficinas de administración de mutuales de salud, obras sociales y sedes de clubes y a la recuperación de materiales – Recicladores del CEAMSE en General Pueyrredón de la provincia de Buenos Aires.

Moratoria para Mipymes: el 29 de mayo vence el plazo para adherirse con mejores condiciones

Recordamos que, conforme lo prevé la RG (AFIP) 4690 (BO: 1/4/2020), el 29 de mayo vence el plazo para adherirse a la moratoria prevista en la Ley 27541 destinado a las MiPyMES, como así también para monotributistas, autónomos y asociaciones sin fines de lucro, y gozar de las mejores condiciones en materia de cantidad de cuotas y un menor pago a cuenta.