Trabajadores en relación de dependencia: se extiende el plazo para realizar la liquidación anual por parte del empleador del período fiscal 2019

Se extiende excepcionalmente hasta el 3/7/2020 el plazo para que los empleadores que actúan como agentes de retención efectúen la liquidación anual correspondiente al año 2019, debiendo retener o reintegrar las diferencias que pudieran haberse producido cuando se efectúe el primer pago posterior o en los siguientes, si no fuera suficiente, y hasta el 10/8/2020, inclusive.

Se extiende a junio y julio la prohibición de despedir y suspender

El doctor Ignacio Orlando describe los principales aspectos del Decreto 487/2020, que extiende durante los meses de junio y julio, la prohibición de los despidos sin justa causa y los despidos y/o suspensiones por falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.

Buenos Aires: se exceptúa de la cuarentena a diferentes actividades y servicios

La Jefatura de Gabinete de Ministros exceptúa del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, a las personas afectadas a diferentes actividades y servicios de los municipios de Cañuelas, General Las Heras, Hurlingham, Lanús, Tigre, Malvinas Argentinas, Berazategui, San Miguel y Tres de Febrero, de la Provincia de Buenos Aires.

Ganancias sobre sueldos: ¿cuál es el circuito a seguir en la liquidación anual 2019?

El 29/5/2020, vence la liquidación en sí, y la presentación en AFIP del Archivo txt, para que AFIP luego arme el Formulario 1357 que pondrá a disposición de los empleados/as en el Sistema de Registro de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG-Trabajador).

Programa de Asistencia al Trabajo (ATP). Baja a través de “presentaciones digitales”

La AFIP habilitó en el servicio web “Presentaciones Digitales”, la posibilidad de darse de baja del Programa ATP y efectuar la devolución de los montos que percibieron los trabajadores en concepto de “Salario Complementario” y señala cuáles son los requisitos para dar cumplimiento a este trámite, conforme lo previsto en la RG (AFIP) 4719.