Coronavirus: Medidas de emergencia estatales y de las entidades profesionales
Ponemos a disposición las principales medidas preventivas adoptadas por los diferentes organismos y entidades profesionales.
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Ponemos a disposición las principales medidas preventivas adoptadas por los diferentes organismos y entidades profesionales.
La RG (AFIP) 4661 señala que la detracción de $ 10.000 para empleadores con hasta 25 trabajadores – que rige desde el período diciembre/2019- se podrá aplicar con la versión actualizada de “Declaración en Línea” o el sistema aplicativo SICOSS (según corresponda) que se encuentra disponible desde el 1 de marzo.
La AFIP publicó los nuevos valores de los aportes mensuales de los trabajadores autónomos con destino a la Seguridad Social que rigen a partir del mes devengado marzo 2020, y cuyo vencimiento opera el próximo día 6, 7 u 8 de abril próximo, según la terminación del CUIT de cada contribuyente.
El Presidente de la Nación, en conferencia de prensa, anunció la suspensión de las clases hasta el 31 de marzo. Además, se decidió el cierre de las fronteras para extranjeros. También quedan licenciadas las personas mayores de 65 años, expresó. Aunque luego de la conferencia se conoció el cable de Télam que indica que la edad para la licencia obligatoria es de 60 años
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, mediante la resolución 202/2020, dispuso:
A través del acta del espacio de diálogo AFIP con entidades profesionales, llevado a cabo en la ciudad de Posadas el 5 de marzo de 2020, el organismo respondió a consultas sobre el Impuesto PAIS. Conozca las respuestas destacadas y acceda al documento completo de AFIP.
Para poder realizar el trámite de solicitud de eximición del pago a cuenta para el año 2019, se debe ingresar hasta el 1/4/2020 al sistema de cuentas tributarias, en la transacción “Eximición pago a cuenta”. Allí se deberá seleccionar, según corresponda, la opción de repatriaciones de bienes o la declaración de inexistencia de bienes en el exterior al 31/12/2019.
Anticipamos el texto de los decretos que establecen la emergencia sanitaria en el territorio nacional y provincial por el término de 1 año y 180 días respectivamente.
Actualmente dentro de la AFIP existe un Programa de Asistencia al Ciudadano. El mismo es atendido por personal especializado en las dependencias de DGI y DGA independientemente del domicilio en el cual se encuentre inscripto el contribuyente y a través del cual se pueden formular reclamos y sugerencias de manera oficial.