La AFIP extiende hasta el 10/5/2020 la feria fiscal extraordinaria
La AFIP establece entre los días comprendidos entre el 27 de abril y el 10 de mayo de 2020, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinaria.
La AFIP establece entre los días comprendidos entre el 27 de abril y el 10 de mayo de 2020, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinaria.
Se suspenden hasta el 2/5/2020 las exclusiones de pleno derecho de los monotributistas no realizando hasta dicha fecha los controles sistémicos que se realizan habitualmente a tal fin.
Quedan excluidos de la suspensión y la reducción de:
o Los trabajadores que prestan servicios desde su lugar de aislamiento.
o Los trabajadores dispensados del deber de trabajar (mayores de 60 años, embarazadas, en grupo de riesgo).
En virtud de las normativas vigentes y la extensión de estado de emergencia sanitario a nivel nacional y provincial, La Dirección de Inspección General de Personas Jurídicas de la Provincia de Catamarca, decidió suspender la atención personalizada en sus oficinas y los plazos administrativos para toda tramitación ante este organismo hasta el 31 de mayo. En este sentido, agregó que toda gestión debe realizarse mediante el e-mail igpj_catamarca@catamarca.gov.ar
Se aprueban el Acta N° 5 y 6 del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, destacándose las siguientes disposiciones:
Se aumenta a 6 la cantidad de trámites que se podrán ingresar en la sede central de la Inspección General de Justicia con turno previo.
La Comisión Arbitral aclara en respuesta a nota enviada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la CABA sobre la RG (CA) 10/2019, que la utilización de coeficientes unificados es de aplicación obligatoria a partir del primer anticipo de año calendario,
Se exceptúa del cumplimiento del aislamiento social preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular, en el ámbito de la Provincia del Neuquén, al personal afectado al ejercicio de profesiones liberales, en determinadas circunstancias y bajo el cumplimiento del protocolo sanitario.
Se suspende desde el 27 de abril hasta el 10 de mayo de 2020 inclusive, el curso de los plazos en el ámbito de los procedimientos administrativos, pero se exceptúa de dicha medida a todos los trámites administrativos que se relacionen con la emergencia sanitaria nacional.