Consulta Frecuente: ¿Cómo se ingresan los aportes y contribuciones del personal de casas particulares en caso de cese de la relación laboral?

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PERSONAL DE CASAS PARTICULARES. EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. APORTES Y CONTRIBUCIONES

¿Cómo se ingresan los aportes y contribuciones del personal de casas particulares en caso de cese de la relación laboral?

Conforme lo establece la resolución general (AFIP) 3693 (BO: 31/10/2014), cuando se produce la extinción de la relación laboral, solo deberán ingresarse los aportes y/o contribuciones correspondientes al último período mensual devengado.

En tal supuesto, el empleador realizará el correspondiente pago mediante el volante de pago F. 1350, a cuyo fin deberá, previamente, informar el cese de dicha relación en el Registro Especial de Personal de Casas Particulares -en los términos de la RG (AFIP) 3491-.

Se aclara que el formulario (AFIP) 1350 solamente podrá será generado a través del Volante Electrónico de Pagos (VEP).

Fuente: Editorial Errepar