FACTURACIÓN ELECTRÓNICA
¿Es posible habilitar más de un punto de venta para emitir factura electrónica?
Sí. Los artículos 4 de la resolución general (AFIP) 3779 y 25 de la resolución general (AFIP) 2485 establecen que el punto de venta de factura electrónica debe ser distinto al del controlador fiscal y/o a los documentos que se emitan de conformidad con lo dispuesto en las resoluciones generales (AFIP) 100 y 1415, modificatorias y complementarias, pudiendo habilitar más de uno de ser necesario, respetando la correlatividad numérica.
Fuente: Editorial Errepar
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