Consulta frecuente. ¿Qué requisitos deben cumplirse para que la situación de abandono de trabajo quede debidamente configurada?

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ABANDONO DE TRABAJO. REQUISITOS PARA SU CONFIGURACIÓN

¿Qué requisitos deben cumplirse para que la situación de abandono de trabajo quede debidamente configurada?
En principio no basta con la mera ausencia o falta de respuesta del trabajador, sino que debe existir una verdadera vocación por abandonar la relación laboral por parte de este último. No obstante, cada caso en particular, de acuerdo con las aristas que presente, deberá ser evaluado en su propio y especial contexto.
La jurisprudencia nos brinda orientación de gran valor para poder precisar a grandes rasgos esos requisitos. Así, en autos “Leal, Perfecto Mauro Arnaldo c/Norckel SRL s/despido” – CNTrab. – 24/9/2013, la Sala VII señaló que el abandono de trabajo consiste no solo en la “no concurrencia” al lugar de trabajo, sino que esa ausencia debe hacer presumir una decisión abdicativa. Agrega al respecto que el abandono de trabajo es un instituto que encierra una renuncia, y por ello el legislador ha introducido el recaudo de la puesta en mora como requerimiento expreso, advirtiendo que no puede, por lo tanto, funcionar tal instituto, que presume que el trabajador ha querido abdicar del puesto de trabajo, mientras haya requerimientos concretos y actuales del mismo que revelen su vocación de continuidad.