Consulta Frecuente: ¿Se pueden emitir facturas y recibos electrónicos?

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FACTURA ELECTRÓNICA

¿Se pueden emitir facturas y recibos electrónicos?

El Anexo IV de la resolución general (AFIP) 1415, punto 10, establece que “los recibos que respaldan el pago total o parcial de una operación que fue documentada con la emisión de facturas o documentos equivalentes, serán identificados con la letra ‘X’ y con la leyenda ‘DOCUMENTO NO VÁLIDO COMO FACTURA’. Dichos requisitos, preimpresos, estarán ubicados en forma destacada en el centro del espacio superior del documento”.

No se pueden emitir simultáneamente recibos y facturas fiscales. Si se emiten facturas A y B electrónicas (fiscales), para respaldar el cobro de dichos comprobantes se deben emitir recibos tipo “X NO VÁLIDOS COMO FACTURA” (no fiscal).

Fuente: Editorial Errepar