Las 5 consultas frecuentes de la semana: Vacaciones, Fideicomiso, Condonación para monotributista, Recategorización, Venta de bienes de uso

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Conocé las 5 preguntas más frecuentes que respondió nuestro equipo de Consultas de Orientación Profesional de la semana del 27 al 30 de diciembre:

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1) Vacaciones – Plazos

¿Cuáles son los plazos de duración del periodo de vacaciones?

La duración del período vacacional ha sido establecida por la ley de contrato de trabajo basada en los años de antigüedad del trabajador, siendo computable el tiempo de trabajo del contrato, o de los contratos que se hubieren celebrado en forma alternada entre el dependiente y su empleador.

Los días de vacaciones se cuentan por días corridos tomando en cuenta los casos de prestación de servicio, sea la modalidad continua o discontinua, o por la existencia de contratos a plazo fijo.

A continuación, detallaremos los plazos de las vacaciones establecidos por la ley de contrato de trabajo:

LICENCIA ORDINARIA

Cantidad de díasAntigüedad
14 Cuando la antigüedad en el empleo no exceda de 5 años
21Cuando la antigüedad sea mayor de 5 años y no exceda de 10 años
28Cuando la antigüedad sea mayor de 10 años y no exceda de 20 años
35Cuando la antigüedad exceda de 20 años

Sin perjuicio de lo dispuesto en el cuadro precedente, los convenios colectivos de trabajo adoptan condiciones más ventajosas para el trabajador, ampliando la cantidad de días que corresponde por ley, o bien considerando la extensión de las mismas en días hábiles en lugar de días corridos; otros aumentan la cantidad o establecen un mínimo. Por tal motivo, es conveniente examinar la convención colectiva al momento de otorgar las vacaciones con el fin de asegurarse de la existencia o no de una cláusula más favorable en tal sentido.

Respecto de la extensión del período de vacaciones a gozar, es importante destacar que la cantidad de días laborados por el trabajador podrá ser computada en el año calendario o aniversario, según las goce antes o después del 31 de diciembre.

Si el convenio o estatuto fija días hábiles, y no corridos, la liquidación no variará, pero sí la cantidad de días gozados. Los feriados no serán absorbidos como en aquellos casos en los que el cómputo se realiza por días corridos como marca la ley de contrato de trabajo.

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2) Fideicomiso

¿Puede un fiduciario ser beneficiario en el mismo fideicomiso?

El último párrafo del artículo 1673 del Código Civil y Comercial de la Nación establece expresamente que el fiduciario puede ser beneficiario, pero que “en tal caso, debe evitar cualquier conflicto de intereses y obrar privilegiando los de los restantes sujetos intervinientes en el contrato.”

3) Condonación para monotributista con deudas inferiores a $100.000- Cuenta fiscal cero. Ley 27653

En el servicio web de AFIP denominado “condonación de deudas” me aparece la deuda que está incluida en un plan de pagos de la Ley 27.639. ¿Qué debo hacer primero, anular el plan de pagos a través de presentaciones digitales y luego generar la condonación?

Correcto. Los contribuyentes que hayan adherido al régimen de regularización de deudas dispuesto por ley 27.639, a fin de gozar del beneficio de condonación previstas en el título I de la ley 27653, pueden solicitar hasta el 16/2/2022 inclusive, la anulación de los planes de facilidades de pago oportunamente presentados mediante el servicio con clave fiscal denominado “Presentaciones Digitales” seleccionando el trámite “Planes de pago. Anulaciones, cancelaciones anticipadas totales y otras”. Y luego solicitar la condonación en el servicio “Condonación de Deudas – Título I – Ley 27.653”. Las cuotas del régimen ya pagadas, pueden ser imputadas a la cancelación de las obligaciones que el contribuyente considere, excepto pago a cuenta y/o cuotas de planes de facilidades de pago. El componente destinado a la obra social puede incluirse en un nuevo plan en el marco de la ley 27639 que se extendió hasta el 15/03/2022, según el artículo 82 RG(AFIP)5101-. El beneficio de condonación puede solicitarse por única vez.

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4) Actualización de las categorías de Monotributo para el año 2022. Recategorización

La AFIP público en su página web las categorías del monotributo, incrementando los parámetros un 26% con respecto a los valores que estuvieron vigentes desde julio a diciembre 2021. ¿Cuándo son aplicables estas actualizaciones?

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5) Venta de bienes de uso – AxI Contable

¿Cómo queda el costo computable de venta de una camioneta bien de uso considerando las amortizaciones y el ajuste contable por inflación?

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