Contribuciones patronales PYMES: se amplía la aplicación de la alícuota reducida

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La AFIP amplía la aplicación de la alícuota reducida de contribuciones patronales del 18%, prevista en el inciso b) del artículo 19 de la ley 27541, a las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin fines de lucro.
Para ello, deberán cumplir con los parámetros de categorización como mipyme que establece la Secretaría de Emprendedores de la Pequeña y Mediana Empresa, registrar ante la AFIP algunas de las formas jurídicas previstas por el Organismo y poseer domicilio fiscal electrónico.
De no registrar alguna de las formas jurídicas que exige el Organismo, deberán acreditar la condición de entidades sin fines de lucro.

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4706