
Se amplía el listado de convenios colectivos que se encuentran alcanzados por el beneficio del que gozan los empleadores de los sectores textil, de confección, de calzado y de marroquinería de aplicar la detracción prevista en el artículo 4 del decreto 814/2001, considerando el 100% del importe de ese artículo.
En tal sentido, recordamos que la resolución (MPyT) 127/2018 requiere que, para acceder a este beneficio, los trabajadores de las actividades mencionadas deberán encontrarse comprendidos bajo los convenios colectivos de trabajo listados en esa resolución.
Por otra parte, destacamos que, a través de la resolución (SSS) 3/2018, se eleva a $ 17.509,20 el importe total a detraer a partir del 1 de enero de 2019
Fuente Errepar
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