Convenio Multilateral. Equivalencias. Nuevo nomenclador de actividades (NAES)

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De acuerdo con lo establecido por la resolución general (CA) 7/2017, el NAES tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 2018 y deberá ser utilizado por todos los contribuyentes de Convenio Multilateral para comunicar las actividades económicas que desarrollen, como así también para la presentación de sus declaraciones juradas.

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Se trata de una aplicación que permite encontrar las equivalencias entre el nuevo Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES), el anterior (CUACM) y AFIP, y que permite conocer el código de actividad y los detalles específicos de la misma, según el nuevo nomenclador.

¿Cuándo entra en vigencia el nuevo nomenclador?

De acuerdo con lo establecido por la resolución general (CA) 7/2017, el NAES tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 2018 y deberá ser utilizado por todos los contribuyentes de Convenio Multilateral para comunicar las actividades económicas que desarrollen, como así también para la presentación de sus declaraciones juradas.

El proceso de reclasificación de los contribuyentes tendrá inicio en el mes de octubre del corriente año. Destacamos que el mismo todavía no ha sido especificado por parte de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.

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 Fuente: Editorial Errepar