La CSJN determinó la caducidad de plan de facilidades de pago por reducción de la nómina de personal

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación en autos “Bizi Berria SRL c/AFIP s/impugnación de acto administrativo”, de fecha 26/11/2019, decidió tener por caducado el plan de facilidades de pago al cual se había adherido la actora. Los magistrados, consideraron que si la empresa se acogió de manera voluntaria al régimen de facilidades de pago establecido por la RG (AFIP) 3516/2013, el que requería para las personas jurídicas, entre otras condiciones, mantener durante su vigencia al menos dos empleados declarados, ello implica la renuncia al derecho a cuestionar tal precepto con posterioridad.