Cuarentena en CABA: actividades exceptuadas del ASPO

por
coronaviirus medidas de emergencia

Se exceptúa del cumplimiento del aislamiento social obligatorio a las siguientes actividades y a las personas afectadas a ellas:

– Gastronomía al aire libre (en espacios públicos o de los propios establecimientos)
– Celebraciones de culto presenciales (hasta 20 personas)
– Atención en consulta ambulatoria programada
– Tratamiento ambulatorio para rehabilitación de personas con discapacidad
– Guardias administrativas con atención al público en escuelas de gestión privada y universidades
Asimismo, se dejan sin efecto las restricciones de día, franja horaria y de circulación en función del último número del DNI, respecto a las:
– Actividades físicas en el Espacio Público
– Actividades Comerciales Minoristas de Cercanía, Galerías o Paseos Comerciales
– Salidas de esparcimiento de menores hasta los 15 años de edad inclusive

Accedé al DECRETO (Poder Ejecutivo Buenos Aires (Ciudad)) 338/2020