El nuevo plan de pagos de la AFIP actualiza la deuda computando intereses resarcitorios desde el origen

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De interés - ErreparReformular planes de pago vigentes para sumarse al de 120 cuotas lanzado recientemente por la AFIP no es tan beneficioso como pensaban algunos contribuyentes, ya que el sistema actualiza la deuda computando intereses resarcitorios desde el origen y no toma en cuenta los abonados en concepto de financiación.

El escenario en el que el único requisito de caducidad es el no pago de cuotas, sin tomar en cuenta el despido de personal o la pérdida de cumplimiento de la deuda corriente, no resulta tan real para quienes quieren refinanciar los planes de los que ya gozan pero a un plazo de 10 años.

Diego Mazzaroni y Marcelo D. Rodríguez, de MR Consultores, comentaron que el sistema recalcula toda la deuda de tal forma que el interés resarcitorio, que se suspendió al ingresar al primer plan para aplicar un interés financiero que pudo ser de 1,35% o incluso de 1,90%, se retoma completo desde el principio.

Es decir que, al actualizar la deuda para refinanciarla, se devenga interés resarcitorio desde el vencimiento original del impuesto de que se trata, como si esos pasivos con el Fisco nunca se hubieran ingresado a un plan de pagos.

Por efecto de esto, indicaron Mazzaroni y Rodríguez, el contribuyente se ve frente a un incremento del valor nominal de la deuda y, tras concretar la refinanciación, debería abonar una cuota superior a la que venía pagando.

Además, se pierde el interés financiero que se había ingresado, ya que se reimputa sólo el capital y no se toma en cuenta lo que se estuvo pagando como financiación.

Así, este contribuyente queda en peor condición que el que nunca tuvo un plan de pagos para su deuda. Sufre el mismo efecto que si se hubiera caído el plan, situación en la que se reflota la deuda original. Y esto sucede a pesar de que haya mantenido perfectamente vigentes las facilidades, cumpliendo las onerosas condiciones que hasta ahora implicaban estos planes.

El plan de facilidades de pago de la AFIP se extenderá hasta el próximo 30 de noviembre y está destinado a contribuyentes en proceso de fiscalización que acepten el ajuste que pretende realizar la AFIP. Ofrece pagar las deudas en 120 cuotas no inferiores a $ 150 por un interés de 1,35%. Admite regularizar el impuesto por salidas no documentadas (pagos con facturas truchas o a proveedores inexistentes). Y los monotributistas podrán ponerse al día con la AFIP en cómodas cuotas con este mecanismo.

El plan es generoso en materia de caducidad, ya que el contribuyente quedará fuera del mismo a los dos meses de cuota impaga si eligió abonar en 12 meses, pero si optó por los 10 años, recién perderá el beneficio por el sexto incumplimiento consecutivo, algo impensado en anteriores planes de AFIP más restrictivos.
También se omitió un requisito clave de todos los planes precedentes de la gestión de Ricardo Echegaray en AFIP: el mantenimiento de la cantidad de personal empleado durante todo el lapso del beneficio. Hoy se podrá despedir trabajadores y seguir gozando de las facilidades de la AFIP.

Otra diferencia importante es que el plan no caducará por la falta de cumplimiento de obligaciones posteriores. Las anteriores facilidades se caían si no se mantenía el cumplimiento sobre la deuda corriente.

Esta iniciativa fue criticada por comprometer recaudación futura del gobierno del presidente electo, Mauricio Macri, especialmente con la refinanciación de planes que tenían fecha de vencimiento en diciembre próximo.

Fuente: Texto publicado por El Cronista (25/11/2015)

Seleccionado por: Editorial Errepar