Emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, sanitaria y administrativa hasta el 30/6/2021

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Trabajo agrario salarios vigentes para personal permanente de prestación continua

Se declara el estado de emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, sanitaria, administrativa y previsional en el ámbito de la Provincia de Entre Ríos, hasta el 30 de junio de 2021, pudiendo ser prorrogable por única vez por 180 días en caso de que se mantenga dicha situación.

En materia impositiva, se establecen, durante el período que dure la presente emergencia, las siguientes modificaciones:

– Se incrementa del 1,6% al 4% la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos para la actividad comercio mayorista de medicamentos para uso humano -art. 8 de la ley impositiva-. Asimismo, se mantendrá la alícuota del 1,6% cuando dicha actividad sea efectuada por micro o pequeños contribuyentes o cuando la misma sea efectuada por cooperativas en operaciones con sus asociados.
– Se modifica la base imponible del impuesto sobre los ingresos brutos para las entidades financieras comprendidas en la ley 21526, estableciendo que la misma estará constituida por el total de la suma del haber de las cuentas de resultados, no admitiéndose deducciones de ningún tipo.

LEY (E. Ríos) 10806