Evasión y precarización laboral: qué detectaron los controles y fiscalizaciones de la AFIP

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A lo largo de dos meses de verano inspectores de la AFIP realizaron más de 9700 fiscalizaciones a contribuyentes con elevada capacidad contributiva en restaurantes, bares, balnearios, hoteles, eventos masivos y empresas de alquileres de propiedades ubicadas en los principales destinos turísticos del país.

Según fuentes oficiales, las fiscalizaciones presenciales permitieron detectar diferencias de hasta 150% entre ventas observadas y declaradas.

Las principales irregularidades se identificaron en restaurantes, cervecerías y bares. No obstante, los controles permitieron desarticular maniobras abusivas en balnearios, hoteles, alojamientos de lujo, empresas de alquileres de propiedades, eventos masivos y empresas de turismo con elevada capacidad contributiva.

El trabajo articulado entre las distintas áreas de la AFIP incluyó asimismo controles sobre supermercados y distribuidoras de alimentos y bebidas.

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Controles virtuales

Las fiscalizaciones presenciales de los agentes de la DGI- AFIP en todo el país, se complementaron con controles virtuales de ventas sobre sectores de alta relevancia económica donde también fue posible identificar y sancionar incumplimientos.

Los procedimientos y fiscalizaciones también abordaron distintos abusos e incumplimientos en materia laboral como la falta de registración de los trabajadores en los establecimientos controlados.

El trabajo de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social de la AFIP identificó irregularidades previsionales en el 32% de los casos relevados. La magnitud de los incumplimientos laborales se incrementa hasta el 80% en el rubro gastronómico.

Durante enero y febrero también se fiscalizaron a contribuyentes del sector de la construcción, la agricultura (fruta fina, hortalizas y cosecha fina) y sobre la red de operadores turísticos. En esos procedimientos se detectaron contribuyentes inscriptos recientemente que carecían de capacidad económica o financiera, desvíos en los montos facturados en coincidencia con recurrentes saldos a favor de IVA, empleadores cuya nómina de trabajadoras y trabajadores no guarda relación con la actividad económica, contribuyentes con operaciones no bancarizadas.

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