Cuarentena: nuevas excepciones en CABA

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La Jefatura de Gabinete de Ministros, a través de la decisión adminstrativa 1952/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, exceptúa del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular a las siguientes actividades:

  • los tratamientos ambulatorios para rehabilitación;
  • reuniones y actividades formativas y pastorales en instituciones religiosas al aire libre con aforo de 1 persona cada 4 metros cuadrados;
  • actividades acuáticas en natatorios públicos o privados exclusivamente al aire libre con aforo de 1 persona cada 15 metros cuadrados;
  • museos con público con aforo de 1 persona cada 15 metros cuadrados;
  • gimnasios con aforo del 30% en relación con la capacidad máxima habilitada;
  • actividad física en establecimientos públicos o privados (clubes, polideportivos, estudios de danza o afines) al aire libre o con aforo del 30% en relación con la capacidad máxima habilitada;
  • ferias de artesanías y manualistas al aire libre;
  • celebraciones religiosas al aire libre o con aforo de 1 persona cada 15 metros cuadrados, con capacidad máxima de 20 personas, y otras 20 personas adicionales si estas estuvieren al aire libre; todo ello en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Las actividades mencionadas quedan autorizadas para realizarse conforme a los protocolos que han sido aprobados por la autoridad sanitaria nacional.

Las personas alcanzadas por esta excepción deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad exceptuada, sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros y con el permiso de circular correspondiente.

La norma determina que “La Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades referidas pudiendo el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires implementarlas gradualmente, suspenderlas o reanudarlas, en el marco de sus competencias territoriales, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria local, y conforme a la situación epidemiológica y sanitaria”.

Accedé a la decisión administrativa 1952/2020