Ganancias: Se reglamenta la forma de informar a los inversores respecto del desarrollo de proyectos inmobiliarios para sectores de ingresos medios y bajos

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Ganancias: Se reglamenta la forma de informar a los inversores respecto del desarrollo
Se reglamenta la forma de informar a los inversores residentes en el país por parte de los Fondos Comunes de Inversión Cerrados o Fideicomisos Financieros cuyo objeto de inversión sea el desarrollo inmobiliario para viviendas sociales y sectores de ingresos medios y bajos, créditos hipotecarios y/o valores hipotecarios a los fines de la aplicación de las alícuotas del 15% y del 0% en el impuesto a las ganancias. Las presentes disposiciones resultan de aplicación para las utilidades generadas en los ejercicios iniciados a partir del 1/1/2018 y aquellos inversores que hubieran presentado sus declaraciones juradas del impuesto a las ganancias con anterioridad al 20/11/2019 podrán rectificar las mismas a fin de incorporar las rentas que correspondan hasta el 31/1/2020.

Accedé a la Resolución General (AFIP) 4631