Ganancias de cuarta categoría: Se oficializó la extención de la presentación del SIRADIG 2018 y la declaración jurada anual

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Como adelantáramos oportunamente, en el día de la fecha se publicó la resolución general que extiende por única vez, hasta el 30/4/2019, la posibilidad de los trabajadores en relación de dependencia, actores y otros de presentar, a través del F. 572 Web SIRADIG, la información correspondiente a las deducciones y el pluriempleo, en caso de corresponder, referida al año 2018.
Como consecuencia de ello, se extiende hasta el 17/5/2019 el plazo para que los agentes de retención efectúen la liquidación anual correspondiente al año 2018, debiendo retener o reintegrar las diferencias que pudieran haberse producido cuando se efectúe el primer pago posterior a dicha fecha o en los siguientes, si no fuera suficiente, y hasta el 10/6/2019, inclusive. Asimismo, se deberá informar e ingresar el referido importe hasta las fechas de vencimiento previstas para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante que operan en el mes de junio de 2019 del SICORE, informándolo en el período mayo de 2019 y consignando como fecha de retención el 31/5/2019.

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