​La IGJ reanuda la atención al público con limitaciones

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​La IGJ reanuda la atención al público con limitaciones

El sábado 18 de abril se publicó en el Boletín Oficial la decisión administrativa 524/2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, ampliando las actividades que se pueden realizar durante el aislamiento social preventivo obligatorio.

Entre ellas, autoriza la actividad registral nacional y provincial en casi todas las provincias y la Ciudad de Buenos Aires, con excepción de Santiago del Estero y Tucumán. Esta actividad puede realizarse con sistema de turnos y guardias mínimas.

En este contexto, la Inspección General de Justicia comunica que a partir del 22 de abril se podrá concurrir a la sede central, ubicada en Av. Paseo Colón 291, para presentar, con turno previo, hasta un máximo de 3 trámites.

El horario de atención será de 10:00 a 15:00 horas de lunes a viernes.

Los turnos, como usualmente ocurre, se solicitan desde el sitio web de la Inspección General de Justicia https://www.argentina.gob.ar/justicia/igj/turnos.

El sistema se encuentra actualizado a los fines de poder solicitar como una única opción viable la de “Consultas de trámites /Contestación de vistas / Retiro de trámites”, con la posibilidad de indicar como máximo 3 trámites y con la sede central como la única opción válida.

Es importante destacar que para ingresar se debe presentar la constancia de turno impresa, el DNI y el tapaboca o barbijo requerido.

Los trámites habilitados para sociedades, asociaciones civiles, y fundaciones en general son el cambio de sede social y la renovación de autoridades. La IGJ debe haber tenido en consideración estos trámites frente a la importancia de mantener informado a terceros sobre el domicilio de la sociedad, y la necesidad de contar con autoridades vigentes inscriptas como requieren las entidades bancarias y otros organismos.

Por otro lado, autoriza en particular, y solo para aquellos casos en que el objeto social de la entidad esté relacionado con alguno de los servicios considerados esenciales durante la cuarentena, los siguientes trámites:

  • Constitución de sociedades
  • Reforma de estatutos
  • Inscripción de sucursales y filiales de sociedades constituidas en el extranjero
  • Designación y cesación de representantes legales de sociedades constituidas en el extranjero
  • Denuncias relacionadas con capitalización y ahorro
  • Contestación de vistas de trámites habilitados
  • Retiro de trámites finalizados
  • Presentación de oficios urgentes.

El comunicado dice expresamente que no se recibirán trámites urgentes. Recordamos que si bien la gran mayoría de los procedimientos registrales puede efectuar de manera urgente, hay que destacar, que en este contexto, tampoco se podrían iniciar inscripciones de SRL y SA en 24 horas -trámites que además de iniciarse bajo la modalidad de urgente- tienen características especiales de inscripción como la obtención de CUIT y la rúbrica de libros automática para el caso especial de SRL.