Impuesto a las Ganancias. La percepción del 20% para compra de moneda extranjera no se aplicará a los sujetos que habiendo depositado el dinero en entidades bancarias decidan adquirir Letras del Tesoro en Dólares Estadounidenses antes del plazo de 365 días.

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LegislaciónRESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 3879
BO: 18/05/2016

Aquellos sujetos que hayan adquirido moneda extranjera para tenencia y hayan evitado la percepción del 20% al haber asumido el compromiso de mantenerla depositada en la entidad bancaria por un plazo igual o superior a 365 días, podrán afectar dichos depósitos a la compra de Letras del Tesoro en Dólares Estadounidenses con vencimiento posterior al 6/11/2016 sin que ello signifique que se les aplique la citada percepción del 20%.

Recordamos que dicha percepción se aplica en aquellos casos en que los importes depositados no se mantengan por un plazo mínimo de 365 días y será considerada pago a cuenta del impuesto a las ganancias, o de los bienes personales en el caso de personas físicas adheridas al monotributo que no resulten responsables del impuesto a las ganancias.

Fuente: Editorial Errepar