Impuesto sobre los bienes personales. Valuación homogénea de inmuebles

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Extracto del acta de la reunión entre la AFIP y cámaras empresarias

Bienes personales. En CABA para valuar inmuebles se toma la valuación fiscal homogénea

Ratificar que en el ámbito de CABA la comparación con el valor residual impositivo frente a la valuación aplicable a los fines del impuesto inmobiliario local debe realizarse con la valuación fiscal homogénea (VFH). La AGIP informó en reuniones con cámaras empresarias que tal criterio fue aceptado por la Administración Federal de Ingresos Públicos pero existen antecedentes de reclamos de rectificaciones de DDJJ del impuesto sobre los bienes personales al solicitar certificados de liberación del impuesto a la transferencia de inmuebles.

Respuesta de AFIP

Esta Administración no aceptó el criterio descripto, de todas formas la cuestión planteada se encuentra actualmente en estudio en el ámbito de las áreas legales del Organismo.

 

Los suscriptores de Errepar podrán acceder en exclusiva al acta de la reunión entre la AFIP y diferentes cámaras empresarias llevada a cabo el día 15/3/2018 .

En esta oportunidad, se trataron diversos temas relacionados con las áreas impositiva, laboral, técnica y operativa, entre los que se destacan la problemática de la valuación fiscal homogénea en el impuesto sobre los bienes personales para inmuebles de la CABA, la adecuación de los mínimos no sujetos a retención en el impuesto a las ganancias -RG (AFIP) 830-, el pago a cuenta del impuesto a la ganancia mínima presunta y la aplicación de la detracción sobre las contribuciones patronales prevista en el decreto 814/2001.

 

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Fuente: CIT AFIP

Seleccionado por: Editorial Errepar