Impuesto al Valor Agregado. Vivienda social. Se instrumentan los beneficios impositivos de cómputo, acreditación y/o devolución del saldo a favor del impuesto al valor agregado

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Impuesto al Valor Agregado. Vivienda social. Se instrumentan los beneficios impositivos de cómputo, acreditación y/o devolución del saldo a favor del impuesto al valor agregado

Se establecen los requisitos, plazos y condiciones para que los contribuyentes del impuesto al valor agregado puedan computar, a partir del 1/9/2019, el impuesto que les hubiera sido facturado por compra, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes -excepto automóviles-, y por las obras, locaciones y/o prestaciones de servicios, que hayan destinado a trabajos u obras de viviendas sociales

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