Jubilaciones y pensiones. La CSJN fija la pauta para el pago de costas cuando se impongan decisiones de la ANSES

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos “González, Carmen c/ANSeS s/prestaciones varias”, de fecha 10/7/2018, revocó una sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social, en la cual, tras hacer lugar a la petición de jubilación ordinaria, se le impusieron las costas a la ANSeS.

Para los magistrados, la sentencia recurrida por el Organismo previsional ha omitido todo examen respecto a la aplicación del artículo 21 de la ley 24463, en cuanto prevé que, cuando se impugnen por la vía judicial los actos administrativos de la ANSeS, “en todos los casos las costas serán por su orden”.

En tales condiciones, corresponde descalificar el fallo con invocación de la doctrina de la arbitrariedad, toda vez que, sin que mediara declaración de inconstitucionalidad, prescindió de lo que establecía la norma aplicable, situación que importa una lesión a los derechos de defensa en juicio y propiedad (arts. 17 y 18, CN).

El fallo completo aquí.

Fuente: Errepar