La única verdad: Efectos del régimen de facilidades extendidas

por

ALFREDO BELASIO

Más allá de la emotividad de los discursos encendidos y elocuentes, deberíamos recordar aquella frase de Aristóteles: “la única verdad es la realidad”.

Es cierto que el default no era una opción conveniente, pero ahora solo queda afrontar las medidas del Extended Fund Facility (EFF) o del Régimen de Facilidades Extendidas del Fondo Monetario Internacional (FMI).

Por delante, queda una ardua gestión monitoreada por el FMI para cumplir las metas fiscales, monetarias y de reservas a las que se comprometió el Poder Ejecutivo.

Además de otras decisiones de política económica, están incluidas en el EFF: un revalúo inmobiliario en todo el país con impacto en el impuesto sobre los bienes personales, aumento de tarifas, una revisión del sistema previsional, la relajación de encajes bancarios, un plan de desarme del cepo al dólar y hasta una auditoría por el Gasto COVID.

Se trata ni más ni menos que de una hoja de ruta con tiempos pautados y será monitoreada en su grado de avance por la Comisión Revisora del FMI, que vigilará el cumplimiento de las metas fiscales, monetarias y de reservas a las que se comprometió el Poder Ejecutivo.

Para acceder a los desembolsos trimestrales, el Gobierno deberá realizar un recorte del déficit primario -que resulta de la diferencia entre los gastos corrientes y la recaudación de impuestos, sin incluir los pagos de intereses de la deuda pública- del 2,5% del producto interno bruto (PBI) este año y también la asistencia del Banco Central de la República Argentina (BCRA) al Tesoro de hasta el 1% del PBI, además de una acumulación de reservas por USD 5.800 millones.

A mediados de abril deberá modificarse el presupuesto contemplando la meta de déficit primario para 2022 acordada en el programa. En esta materia cabe recordar que el Congreso no aprobó el presupuesto de 2021, que ha sido prorrogado.

La elección de proyectos de inversión será objeto de una regulación anual para la fijación de prioridades y criterios de selección para ser incluidos en el presupuesto de 2023.

El equipo económico deberá informar semestralmente a través de una publicación sobre la relación con los inversionistas, celebrando reuniones periódicas en las que deberá dar precisiones sobre las perspectivas macroeconómicas y proporcionar detalles sobre la evolución de la deuda pública y el financiamiento público.

Además, el Gobierno se comprometió a “elaborar una propuesta de hoja de ruta en comunicación con el personal técnico del FMI para mejorar la presentación de informes financieros y de presupuesto de otras entidades del sector púbico nacional diferentes de la Administración Publica”.

Es un momento crítico en la relación de la sociedad con la política, que ha perdido credibilidad, al extremo de que muchos dirigentes solo resisten archivos con traje de amianto.

Lo mínimo que puede exigir el ciudadano de a pie, como destinatario final del esfuerzo por traslación en un sistema tributario regresivo, es el reconocimiento de la realidad que deberá afrontar, más allá de la grieta, las sobreactuaciones discursivas, especulaciones e imposturas.

El Gobierno está obligado a equilibrar las cuentas públicas reduciendo el déficit para cumplir las metas con el EFF, en medio de una crisis económico-social con pobreza, marginalidad y alta inflación.

La inflación ha sido utilizada como una herramienta para licuar deudas internas y previsionales, así como una manera ficticia de aumentar la estadística de la recaudación.

Con este antecedente tendremos que afrontar un alto costo como sociedad, particularmente en materia tributaria, comenzando por el revalúo inmobiliario.

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REVALÚO INMOBILIARIO Y EL IMPACTO SOBRE EL IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES

En setiembre deberán actualizarse las tasaciones de propiedades a nivel federal para la recaudación en el ejercicio fiscal 2022. Obviamente, el revalúo tendrá impacto no solo en el impuesto inmobiliario, sino también en el impuesto sobre los bienes personales, un gravamen de carácter nacional.

El documento manifiesta la expectativa de que el impuesto alcance a cientos de miles de propiedades urbanas y a un universo equivalente de contribuyentes, que deberán afrontar además por esa razón el impuesto sobre los bienes personales.

Actualmente, para calcular el impuesto inmobiliario, se debe tomar la base imponible o valor fiscal del inmueble al 31 de diciembre de 2017 actualizada desde ese momento por la inflación minorista de cada año.

Como todos sabemos, al carecer de una moneda propia por la devaluación del peso, los inmuebles se tasan en dólares; consecuentemente existe una brecha importante entre las valuaciones fiscales utilizadas como base imponible para liquidar el impuesto y el valor real de mercado del inmueble.

Conforme al Memorando, cada jurisdicción fijará su propia forma de valuación fiscal. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la multiplicará por cuatro, que es la fórmula que el gobierno porteño utiliza para calcular el impuesto inmobiliario y ese cálculo impactará sobre el impuesto sobre los bienes personales.

A modo de ejemplo: antes del revalúo con la multiplicación por cuatro (valuación fiscal multiplicada por 4), una persona de clase media con bienes gravados en la declaración de bienes personales por un total de $ 6.000.000 no superaba el mínimo no imponible y, en consecuencia, no estaba alcanzada por el impuesto.

Aplicando la nueva fórmula sobre los mismos bienes declarados, con el revalúo inmobiliario del acuerdo con el FMI tendrá un total de bienes gravados que superarán el mínimo no imponible y deberán tributar por el impuesto sobre los bienes personales.

Los especialistas destacan que se incrementa la valuación fiscal del inmueble, aunque no se ajustan los mínimos no imponibles por inflación histórica desde la creación del impuesto sobre los bienes personales.

El impuesto sobre los bienes personales originalmente tenía carácter emergencial “por única vez” y se creó en 1991 para tener vigencia solo por 8 años, es decir hasta 1999, pero sobrevive por su carácter coparticipable, como en el caso del impuesto a los débitos y créditos bancarios, supuestamente establecido “también por única vez”.

Si bien ese antecedente lamentablemente forma parte de nuestra tradición en materia tributaria, al menos se debería tener en cuenta la inflación acumulada desde ese momento y, en consecuencia, elevar el mínimo no imponible.

Es obvio que mantenerlo obedece al propósito de incluir a la mayor cantidad de contribuyentes que pertenecen a la clase media no acomodada o baja.

Otro dato no menor es que el impuesto sobre los bienes personales, por delegación legislativa, faculta al Poder Ejecutivo Nacional a aumentar la alícuota en un 100%. Esa situación ha dado lugar a planteos de inconstitucionalidad por el hecho de que los impuestos solo pueden establecerse por ley, y la alícuota justamente es parte constitutiva del tributo.

Así las cosas, es factible que los contribuyentes reaccionen como cuando en 2013 la AFIP pretendió aplicar bienes personales tomando el valor fiscal inmobiliario (valor fiscal homogéneo) por la Unidad de Sustentabilidad Contributiva equivalente a cuatro, que es la valuación que se aplica para los impuestos locales en CABA. En ese caso, la fórmula se dejó sin efecto en el año 2018.

En este nuevo escenario, si los contadores siguen aplicando el impuesto federal sobre la valuación fiscal homogénea, la AFIP podría realizar acciones de inducción tales como notificaciones al domicilio fiscal electrónico, indicando que de sus bases de datos surge que no se valuaron correctamente los inmuebles e “invitando” a rectificar la declaración jurada.

En estos casos, si el contribuyente no rectificara la declaración jurada, la AFIP podría abrir una fiscalización para luego iniciar un procedimiento de determinación de oficio del impuesto sobre los bienes personales.

Esta situación seguramente generará litigiosidad. Sin embargo, los contribuyentes que pretendan plantear la confiscatoriedad tendrán que enfrentar el mismo escollo que los que plantearon en su oportunidad la inconstitucionalidad del Aporte Solidario Extraordinario que lograron imponer los diputados Carlos Heller y Máximo Kirchner.

Básicamente, la interposición de medidas cautelares, amparos o declaraciones de certeza no impide que la AFIP promueva ejecuciones fiscales, con la particularidad de que el embargado o inhibido en ese procedimiento no tiene la posibilidad de oponer litispendencia, como en los juicios ejecutivos del Fuero Comercial. A ello se suma la demora en el pronunciamiento judicial sobre este tipo de acciones que las torna abstractas.

En consecuencia, los demandantes se verían obligados a pagar para evitar la inhibición y seguir el trámite hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para luego iniciar una acción de repetición con una duración no menor de tres años.

Seguramente, el ciudadano medio se resignará, pero la medida tendrá un costo político inevitable, porque se trata de un ajuste de bolsillo, una víscera muy sensible, como alguien dijo, y no precisamente en una situación de bonanza. 

En las medidas que se adoptan en materia tributaria es fundamental prever los efectos.

La multiplicación por cuatro del valor de los inmuebles en CABA para calcular el impuesto sobre los bienes personales, modificando una interpretación de la propia AFIP de 2018, afecta al mercado inmobiliario, ya de por sí complicado con la polémica “ley de alquileres” y las iniciativas de nuevos impuestos a las viviendas ociosas o a la herencia.

Cabe presumir, considerando el efecto extrafiscal, que quienes tienen una vivienda propia y otra como inversión destinada al alquiler no saltarán de entusiasmo con esta medida. Este dato puede incidir de manera directa y negativa en la construcción de departamentos de dos ambientes con ese propósito por la falta de interés de los inversores en esta alternativa. Es lo que en materia tributaria llamamos punto de fuga.

No podemos dejar de recordar que la industria de la construcción es muy relevante por su reconocido efecto económico multiplicador sobre otros rubros complementarios para su desarrollo, y en consecuencia, para la reactivación y la recaudación.

Por esa razón, más allá de la plausible télesis de cada medida tributaria, se debe prever su posible efecto contrario en la realidad económica.

La iniciativa de los revalúos en las provincias debería analizarse particularmente, porque fracasó en el gobierno anterior a pesar de que trató de compensar la medida con una reducción de la carga de ingresos brutos.

Con la idea de recalcular la base imponible para los tributos inmobiliarios, durante el Gobierno de Mauricio Macri se creó el Organismo Federal de Valuaciones de Inmuebles (OFeVI), una entidad que depende de la Secretaría de Provincias del Ministerio del Interior y que tenía como finalidad avanzar en un revalúo federal de este tipo. 

Aunque ese antecedente no prosperó, con el acuerdo técnico con el FMI oficializado, el Poder Ejecutivo se avocará a la coordinación con los gobernadores con el propósito de llevar adelante el revalúo.

La OFeVI, el organismo que debería encargarse de coordinar el revalúo con los gobernadores, estará integrado por la Secretaria de Provincias, que en la actualidad es Silvina Batakis, por un funcionario del Instituto Geográfico Nacional, uno de la AFIP, uno de Jefatura de Gabinete y, por último, uno del Ministerio de Economía.

Finalmente, en materia tributaria se acordó que hasta tanto de cancele el préstamo con el Fondo, la AFIP no recurrirá a moratorias o blanqueos impositivos.

Un dato de interés es que no se contempla la creación de nuevos impuestos sobre las transacciones financieras, ni aumentar los vigentes. Una medida saludable para preservar los medios de pago electrónicos.

Queda para la AFIP como tarea para mayo enviar al Congreso una nueva legislación en materia de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo “de acuerdo al estándar internacional, y tomando en cuenta la opinión de expertos, académicos, instituciones de la sociedad civil y el personal técnico del FMI, para consideración del Congreso en el curso de 2022″.

Para agosto el Organismo Recaudador deberá elaborar, en conjunto con el FMI, un plan de acción detallado y sujeto a plazos que “se centrará en detectar brechas de cumplimiento y en mejorar la gestión del riesgo de incumplimiento de los principales impuestos internos y derechos aduaneros, y una estrategia nacional contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo equiparados a los estándares internacionales, con recomendaciones para mitigar riesgos, vulnerabilidades y amenazas detectadas en las evaluaciones nacionales de riesgo”.

RETENCIONES

En medio de la presentación en sociedad del Memorando, se produjo la invasión de Rusia a Ucrania, que además de las irreparables pérdidas humanitarias, ha dado lugar a un alza en el precio internacional del trigo y derivados de la soja, además de una mayor demanda.

Se presenta una oportunidad de exportar y obtener divisas imprescindibles para nuestra economía que no debería malograrse, pero el escenario es complejo.

El gobierno en la guerra que ha declarado a la inflación ha decidido combatirla con un Fondo Estabilizador del Trigo Argentino, destinado a subsidiar el precio de la harina de trigo y el maíz, para evitar el traslado de esta suba del precio internacional al mercado interno en productos esenciales. El fideicomiso se financiará con el resultante de la suba de retenciones del 31% al 33%. Simultáneamente se aumentaron las retenciones al aceite de soja y al biodiésel.    

El gobierno naturalmente trata de desacoplar los precios internos de los internacionales y apunta a las exportadoras -como Cargill o Deheza-, pero los productores sostienen que las mismas van a descargar en ellos los costos de este aumento de las retenciones.

Se apela al examen de las cadenas de precios sobre la estructura de costos, y a las iniciativas sobre la ley de abastecimiento o de defensa de la competencia para evitar el descontrol remarcatorio.

Lamentablemente, el propósito de lograr acuerdos de precios para no pagar por alimentos nacionales como si se tratara de productos importados encuentra un obstáculo insalvable en los costos de reposición.

El gobierno entiende además que la falta de alimentos básicos en las góndolas se debe a que se priorizaron los comercios de proximidad por sobre los supermercados para evitar el cumplimiento del programa de precios cuidados.

Por su parte, la suspensión parcial de cierres de exportaciones de carnes ha provocado la reacción de los frigoríficos que amenazan con dejar de proveer los cortes de ese programa.

Tampoco ha demostrado eficacia el Plan Súper Cerca con una canasta de setenta productos regulados que se venderían en cien mil locales independientes, aunque en la práctica resulta de difícil mantenimiento, como ya sucedió con anterioridad.  

En un contexto de inflación del 50%, esa expectativa afecta todos los rubros: prepagas, combustibles, luz, gas, colegios privados, expensas, alquileres, etc. 

El presidente reconoció expresamente que el problema inflacionario se remonta a diez años, con lo cual no excluyó ninguna gestión en ese período.

Por su parte, los productores señalan que con los derechos de exportación los productores reciben el dólar al tipo de cambio oficial menos la retención y, además, deben pagar el impuesto a las ganancias.

Se agrega la falta de acceso de las pymes del sector al crédito, que los obliga a endeudarse privadamente con préstamos donde figura el doble del capital para ocultar tasas de interés usurarias.

Siendo Argentina un país básicamente agroexportador, ¿es posible establecer una política de Estado por un período no menor de cinco años que genere previsibilidad y garantice la demanda alimentaria a precios accesibles? 

Es un dato objetivo la notable diferencia entre el precio que obtiene el productor y el que llega a las góndolas. Tampoco podemos ignorar la necesidad de divisas que solo pueden generar las exportaciones.

Por ahora solo existen proyectos ambiciosos en otros rubros que requieren de inversiones cuantiosas para su operatividad y logística; no es el caso de la actividad agropecuaria y su capacidad instalada.        

No existen fórmulas mágicas; se trata de encontrar un punto de equilibrio aceptable y un plan con una continuidad para evitar este juego de suma cero, donde solo prospera el negocio de la grieta.

Más allá de su tratamiento político, de indudable relevancia, en el terreno jurídico la modificación de la alícuota de las retenciones al agro ha desconocido que esa medida requiere de una ley que solo puede ser dictada por el Poder Legislativo, por el principio constitucional de legalidad (“no taxation without representation”).

A diferencia del impuesto sobre los bienes personales, en el que existe una delegación legislativa para aumentar la alícuota en un “ciento por ciento”, en el caso de las retenciones no se encuentra contemplada tal delegación.

RÉGIMEN PREVISIONAL

En esta materia, se apunta a regímenes especiales de pensiones, así como a los mecanismos para incentivar la prolongación voluntaria de la vida laboral de las personas.

Si bien el Gobierno negó que esto implique una reforma previsional de hecho, la mayoría de los trabajadores frente a las magras jubilaciones vigentes continuará desempeñándose laboralmente mientras su salud física y mental lo permita.

La medida, por otra parte, se apoya en que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) se encuentra colapsada por demandas por reajustes de haberes, con un largo proceso judicial, cuyo éxito depende del ciclo de vida de los ancianos demandantes que aportaron durante toda una vida de trabajo.

Otro tema ha sido la histórica utilización y desvío de fondos para finalidades ajenas al sistema jubilatorio.

LA NOVEDAD DE LAS CRIPTOMONEDAS

Se realizarán mayores controles en el negocio de las criptomonedas.

Presumimos que se distinguirá entre quien posee este tipo de activos “en blanco” tributando y quienes están en la informalidad.

Este es un rubro novedoso y dinámico, que presenta dificultades en su fiscalización no solo en nuestro país.

Nuestro país no ha estado al margen; de hecho, algunas publicaciones privadas lo ubican entre los que cuentan con mayor cantidad de inversores en la región.

Las criptomonedas son una especie dentro del género de los criptoactivos, creadas a partir de un código computarizado.

Se diferencian de las monedas convencionales porque se encuentran descentralizadas y no son emitidas, controladas ni supervisadas por los gobiernos; además, no existen referencias ciertas para precisar precios y cotizaciones válidas.  

El crecimiento de la utilización de las criptomonedas llevó a las administraciones tributarias a investigar y fiscalizar la actividad y las obligaciones fiscales que las alcanzan.

La reforma tributaria de fines de 2017 incorporó en la ley de impuesto a las ganancias el concepto de “monedas digitales”, asimilando su tratamiento al de un título valor, como las acciones o bonos, y su inclusión, según el caso, dentro del ámbito del impuesto a la “renta financiera”.

Existen algunos aspectos controversiales como, por ejemplo, la determinación de la fuente local o extranjera de la ganancia que generan.

Se trata de un tema no menor, porque las normas de determinación del impuesto varían en uno u otro caso y, consecuentemente, en el caso de las empresas la computabilidad o no en el ajuste por inflación impositivo o la consideración de diferencias de cambio al momento de su enajenación.

En materia de impuesto sobre los bienes personales, se discute doctrinariamente si se trata de bienes inmateriales y, por lo tanto, su tenencia al cierre del ejercicio fiscal se encuentra exenta del impuesto, o constituyen un activo financiero gravado, aunque en ese caso se debe definir su localización nacional o extranjera, a los fines de establecer la tasa de imposición a la que deben gravarse.

TARIFAS

En materia de tarifas, el acuerdo prevé como meta reducir el gasto en subvenciones a la energía en torno al 0,6% del PBI. Con ese objeto se convocará a una audiencia pública para presentar la nueva segmentación de tarifas a partir de junio para usuarios residenciales, que serán ajustadas por la tasa de crecimiento promedio de los salarios (coeficiente de variación salarial, CVS).

Se suma al esfuerzo de los usuarios para el cumplimiento de las metas, la guerra de Rusia y Ucrania, que genera una grave crisis energética con un aumento en el precio del gas, los combustibles y un impacto directo en las tarifas por la necesidad de importación de estos insumos.

El déficit energético impactará sin lugar a dudas sobre las escasas reservas del Banco Central. Argentina es importador de gas y las exportaciones de comodities no alcanzarían para mitigar el costo del British Thermal Unit (BTU).

El hecho es que Argentina no tiene infraestructura para licuar, ni transportar lo que produce y se ve obligada a importar aun teniendo una importante reserva.

El 18% de las importaciones de gas se compra en barcos de Gas Natural Licuado (GNL) -es decir, un barco metanero que transporta el gas natural licuado procedente de los países productores- y el 7% llega de Bolivia.

Este punto compromete particularmente las metas del déficit fiscal, porque las reservas del BCRA para que el Tesoro afronte las importaciones son insuficientes.

El potencial productivo de Vaca Muerta en materia de gas, con la infraestructura adecuada, según informa el Instituto Argentino de Petróleo y Gas, es de ciento cincuenta millones de metros cúbicos por día. Claro está que el costo de las plantas necesarias para la producción de GNL es de cinco mil millones de dólares.

Naturalmente, en los cálculos del inversor cuenta no solo la suma a invertir, sino también el largo período de repago. Esta circunstancia lleva a los bancos a recurrir a buscar la cobertura de contratos PPA (Power Purchase Agreement) utilizados en los acuerdos de compraventa de energía renovable.

En estos contratos se toma un promedio de diez a veinte años para canalizar los fondos del contrato de compraventa de energía entre un generador y un comprador.

Los compradores son comercializadoras energéticas, que a su vez revenderán la energía a sus clientes finales.

En esta ecuación los generadores persiguen un precio de venta estable para financiar sus proyectos, mientras los compradores fijan sus costes de electricidad a largo plazo. 

El caso es que, además, en un futuro no demasiado remoto las energías serán otras, se aceleran los tiempos de transición energética y el hidrógeno verde reemplazará a los hidrocarburos. De hecho, la empresa australiana Fortescue Future Industries pretende desarrollarlo en Río Negro, para transformarlo en combustible y electricidad por medio de plantas ecológicas. También se incluye la utilización de energía eólica. 

En ese contexto, el documento contempla la “elaboración y publicación de un plan a mediano plazo, con asistencia técnica y financiera de socios internacionales para reducir más los subsidios a la energía, con metas específicas de tasas de recuperación del costo y mejorar la eficiencia de la matriz energética, dejando asegurados al mismo tiempo la calidad del servicio y el acceso de los hogares más vulnerables”.

Se menciona como posible socio internacional al Banco Mundial.

Seguramente convendrá comparar el costo de terminar Vaca Muerta con los desembolsos que deberemos seguir haciendo para la importación de gas.

SISTEMA BANCARIO

Según la información periodística, el BCRA, apremiado por la aceleración inflacionaria, subió las tasas de interés; asimismo, para las tarjetas de crédito subirá al 51% la refinanciación de los resúmenes de cuenta.

A modo de digresión, vale recordar que en Estados Unidos, cuando para contrarrestar los efectos de los precios, la Reserva Federal comenzó a subir las tasas y, meses más tarde, se produjo el estallido de la burbuja inmobiliaria, la consecuencia fue el encarecimiento del crédito hipotecario y la imposibilidad de muchos deudores de responder a las tasas cada vez más elevadas. Seguramente recordarán en Argentina alguna experiencia similar.

El BCRA elaborará su balance con base en las recomendaciones de la Misión de Salvaguarda del FMI.

Publicará un plan eliminando gradualmente el encaje legal no remunerado para los bancos pequeños, así como muchos otros regímenes especiales, de modo que los encajes legales difieran principalmente en función de la duración de los depósitos.

Se prevé asimismo relajar gradualmente las medidas de gestión de flujos de capital según una hoja de ruta para la elaboración y publicación de un plan para desarmar el cepo cambiario y convertirlo en controles “macroprudenciales”.

Se utiliza este método para identificar riesgos y vulnerabilidades del sistema financiero, con la finalidad de evitar que crezcan y se propaguen. Asimismo, según el texto del documento se procurará el restablecimiento gradual al acceso al mercado internacional a partir del año 2025.

En el marco de sanciones de la ley penal cambiaria, se incluyen autorizaciones de multas administrativas para hacer más eficiente el marco de sanciones y más puntual el cumplimiento.

Esa legislación será sometida al Congreso a finales de diciembre de 2022.

El Memorando contempla expandir las facultades del BCRA para regular y vigilar un conjunto más amplio de transacciones que inciden en la balanza de pagos de Argentina.

La estrategia de gestión de la deuda a mediano plazo se llevará adelante en comunicación con el personal técnico del FMI: “Continuaremos reforzando las prácticas de gestión de la deuda a fin de establecer un mercado líquido y profundo de deuda soberana y desarrollar una curva de rendimientos de referencia” (sic). Este método se utiliza como medio para representar de forma aproximada la estructura a plazos de las tasas de interés. 

Las medidas evaluadas consisten, según el documento, en racionalizar el número de instrumentos, mejorar la predictibilidad de las licitaciones, limitar el uso de precios mínimos en las licitaciones y desarrollar bonos de referencia para apoyar la liquidez.

AUDITORÍA COVID

Finalmente, en junio de 2023 se publicará una auditoría externa ex post sobre gasto relacionado con la COVID-19 durante por lo menos 2020, para asegurar la transparencia del gasto en esa materia.

Se informarán los beneficiarios finales de las empresas a las cuales la Administración Pública Nacional adjudicó contratos relacionados con la COVID.

La idea consiste en completar y publicar la auditoría interna ex post del gasto en la COVID-19 durante 2021 para fines de 2022.

Según la hoja de ruta, de acuerdo con los planes de la Auditoría General de la Nación (AGN), la auditoría externa ex post sobre el gasto en la COVID-19 que tuvo lugar en 2020 será publicada, una vez sea aprobada, como mínimo para fines de junio de 2023.

GASTO SOCIAL

No se puede reducir el déficit ignorando que gran parte de la población está debajo de la línea de pobreza, y carece de agua potable y cloacas. Por esa razón, en materia de gasto público debería hacerse un relevamiento serio de prioridades que trascienda al tradicional clientelismo y elimine privilegios inaceptables en materia previsional.

No será fácil y habrá que recordar que, como dijo un filósofo español, no se puede hacer capitalismo sin capital, ni socialismo sin disciplina.

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