Licencia laboral especial para pacientes recuperados de COVID-19 donantes de plasma sanguíneo

por

Post-Blog-Errepar-PODER EJECUTIVO

El Poder Ejecutivo promulgó, a través del decreto 663/2020, la ley 27544 que tiene por objeto promover la donación voluntaria de sangre para la obtención de plasma de pacientes recuperados de COVID-19 para el tratamiento de los pacientes que lo requieran, según los protocolos vigentes autorizados por la autoridad de aplicación.

Un punto destacado es que los pacientes recuperados donantes de plasma y que sean trabajadores que se desempeñen bajo relación de dependencia, en el ámbito público o privado, gozarán de una licencia especial remunerada de dos días por cada donación de plasma que realicen, debiendo acreditar tal circunstancia ante el empleador.

Esta licencia no podrá implicar afectación salarial alguna, descuentos, ni la pérdida del presentismo, ni cualquier otro beneficio laboral o adicional salarial que perciba el trabajador.

Accedé a la LEY (Poder Legislativo) 27554