¿Quién puede obtener el reintegro de la percepción por operaciones con moneda extranjera?
¿Qué pasa con aquellos sujetos que no sean contribuyentes ni del impuesto a las ganancias ni sobre los bienes personales?
¿Qué pasa con aquellos sujetos que no sean contribuyentes ni del impuesto a las ganancias ni sobre los bienes personales?
Se prevé un crecimiento del PBI del 5,5% para el próximo año, una inflación anual del 29% y un dólar previsto rondando $102,4 para el mes de diciembre.
Durante la última semana de agosto ingresó a la Cámara de Diputados de la Nación el flamante proyecto de “aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia”, de cuyas distintas versiones se viene hablando desde hace algunos meses.
Como es sabido, la AFIP permite y contempla para la determinación del impuesto al valor agregado el cómputo diferido de comprobantes, tanto en el caso más usual de compras omitidas en algún mes como en el caso especial de las ventas cuyo débito fiscal se origina con anterioridad a la emisión del comprobante.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA), mediante la reciente Comunicación “A” 7101, de fecha 10 de septiembre de 2020, efectuó modificaciones en la determinación de la Posición global neta de moneda extranjera
Marcó del Pont señaló que se está trabajando sobre un sistema tributario que privilegie la producción, la equidad, la igualdad.
¿Qué motiva este endurecimiento en las normas sobre transferencias en moneda extranjera?
En el contexto de la pandemia global -reconocida como tal por la Organización Mundial de la Salud (OMS) el 11 de marzo de 2020- por el avance del coronavirus (COVID-19), muchos fueron los países que vieron afectadas sus economías y buscan diferentes maneras para salir lo más pronto posible de la recesión económica.
Fueron varias las versiones que estuvieron circulando respecto a la creación de un impuesto excepcional para intentar hacer frente a la situación de emergencia sanitaria que estamos atravesando a nivel nacional por la pandemia del COVID-19 y los grandes costos que esta conlleva.
Siendo la agroindustria el mayor sustento económico argentino en referencia al comercio exterior, el Estado y el sector exportador, en una iniciativa conjunta con miras al futuro económico pospandemia de nuestro país, propiciaron un plan para la reactivación agroindustrial mediante un proyecto de ley presentado en el Senado, que incluiría, entre sus principales propuestas, “retenciones diferenciales” según la cantidad producida.