
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, mediante la acordada 12/2020, habilita un mecanismo de recepción por medios electrónicos de demandas, recursos directos y recursos de queja, ante todas las cámaras nacionales y federales del país, de conformidad a la jurisdicción y competencia material de cada una de ella.
Además, se dispone que, cuando no fuera posible la celebración de acuerdos en forma presencial, éstos podrán realizarse por medios virtuales remotos. Este dispositivo solamente podrá ser utilizado en situaciones excepcionales de emergencia
Accedé a la Acordada 12/2020
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