Los profesionales liberales ya se encuentran habilitados para circular en determinadas jurisdicciones

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​Días atrás, el Gobierno Nacional y los Ejecutivos Provinciales exceptuaron del cumplimiento del “aislamiento social preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular al ejercicio de profesiones liberales en Córdoba, Mendoza, Entre Ríos, Misiones, Salta, San Juan, Neuquén, Jujuy, Río Negro, La Pampa San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, con excepciones, Catamarca, Córdoba y determinados partidos de la provincia de Buenos Aires.

En este sentido, algunas de estas provincias y otras que se sumaron a la apertura han ido emitiendo las normativas locales pertinentes.

La Provincia de Córdoba informó, a través del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, que el Centro de Operaciones de Emergencias Central de la Provincia decidió que se flexibilizarán actividades en las denominadas “zonas blancas”, o libres de coronavirus, de la Provincia. Esta flexibilización implica que los profesionales liberales que desarrollen su labor en estas zonas podrán atender dos días por semana, sin empleados, hasta a dos clientes por hora (con turnos previamente otorgados), de 8 a 16, y solo se permitirá el traslado por zonas blancas.

Por su parte, la Provincia de Mendoza, a través del Decreto 563/2020, dispuso que, en los departamentos de la Provincia que no integren el Gran Mendoza, se podrán realizar las actividades propias de las profesiones liberales con el sistema de turnos expresado previamente y sujeto a una serie de recomendaciones.

Asimismo, el Gobierno Nacional, a través de la DA (JGM) 729/2020, amplio a los departamentos que integran el Gran Mendoza la posibilidad de realizar tareas por parte de los profesionales liberales.

A raíz de esto último, se emitió el decreto 602/2020 mediante el cual se aprueba el protocolo que deberán seguir los profesionales del Gran Mendoza –departamentos de Ciudad de Mendoza, Godoy Cruz, Las Heras, Guaymallén, Luján de Cuyo y Mapiú- para ejercer sus tareas

La Provincia del Neuquén estableció, mediante la resolución 20/2020, que se exceptúa del cumplimiento del aislamiento y de la prohibición de circular, en el ámbito provincial, al personal afectado al ejercicio de profesiones liberales, en determinadas circunstancias y bajo el cumplimiento del protocolo sanitario. Se destaca que los estudios profesionales podrán trabajar con un solo empleado, realizando rotación de personal en los casos necesarios, y no se permitirá la atención de clientes en sus estudios.

Misma excepción adoptó la Provincia de Salta, que, a través de la resolución 182/2020, dispuso que los profesionales matriculados del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la provincia podrán circular y concurrir a sus estudios siempre que cada graduado lo requiera ante el citado Consejo, bajo el protocolo sanitario. En este sentido, se destaca que las actividades y circulación se desarrollarán en el horario de 14 a 20 hs., sin concurrencia de clientes ni personas ajenas a los estudios de los profesionales, cumpliendo el protocolo de prevención en la jornada laboral elaborado por el Consejo Profesional.

En este sentido, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Jujuy estableció que los estudios contables y/o consultoras podrán prestar sus servicios profesionales con las limitaciones propias que impone la cuarentena prevista por la crisis del COVID-19, de lunes a viernes de 7 a 19 hs., durante el período que duren las medidas de aislamiento social, con independencia de la finalización de su número de documento, debiendo para ello dar estricto cumplimiento al protocolo y exponiendo los Banners de Uso Externo e Interno.

La Provincia del Río Negro, a través del dictado del decreto 362/2020, exceptúa del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, en el ámbito de determinados Municipios y Comisiones de Fomento de la Provincia, al ejercicio de profesiones liberales, sin atención al público, sujeto a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que determina el Ministerio de Gobierno y Comunidad, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales, provinciales y locales.

Asimismo, mediante el decreto 391/2020 se amplía a los profesionales liberales de los municipios de Allen, Cipolletti, General Roca, San Carlos de Bariloche y Villa Regina la excepción del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular.

Igualmente, la Provincia de La Pampa, a través del dictado del decreto 764/2020, se exceptúa del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular a los ciudadanos de la provincia que desarrollen el ejercicio profesional de abogados, contadores, arquitectos, ingenieros, maestros mayores de obra, agrimensores, etc. Al respecto, se establece que podrán trasladarse y concurrir a los lugares de trabajo únicamente de lunes de viernes entre las 13 horas a las 18 horas, y en ningún caso se permite la atención al público.

En la Provincia de San Luis, a través decreto 2541/2020, se exceptúa del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular dentro del ámbito provincial a los profesionales liberales matriculados, y se dispone que podrán abrir solo de lunes a viernes de 9 a 17 horas, y solo podrán hacerlo con turno previo.

Por su parte, el gobierno de la Provincia de Santa Cruz emitió el decreto 475/2020, exceptúa del cumplimiento del “aislamiento social preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular a las actividades profesionales de contadores, escribanos, arquitectos y abogados con atención de público solo con solicitud de turno previo.

Por su parte, en la Provincia de Santa Fe el Ejecutivo provincial gobierno, mediante el dictado del decreto 382/2020, exceptuó, a partir del 6 de mayo de 2020, del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, excepto las localidades comprendidas en los aglomerados urbanos Gran Rosario y Gran Santa Fe, al ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros debidamente matriculados e inscriptos, disponiendo la organización de turnos de atención, si correspondiere, y modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del coronavirus COVID-19.

En cuanto a la Provincia de Catamarca, a través del dictado del decreto 681/2020, se exceptúa del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, y de la prohibición de circular, a las personas afectadas a las siguientes actividades y servicios, en el horario de 8 a 20 horas:
– Ejercicio de profesiones liberales, abogados, contadores, ingenieros, arquitectos, escribanos públicos y afines.

Mientras tanto, en la Provincia de Córdoba, El Consejo Profesional de Ciencias Económicas informa que el Centro de Operaciones de Emergencia flexibilizó la cuarentena en el ámbito provincial. En este sentido, se habilitó la actividad de profesionales independientes, los cuales podrán trabajar puertas adentro de lunes a sábado de 8 a 20 horas, con atención a clientes únicamente los lunes, miércoles y viernes, con turnos programados de 14 a 20 horas.

Por último, en la Provincia de Buenos Aires se exceptuó del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular a los profesionales liberales que los partidos de 9 de Julio, Alberti, Arrecifes, Baradero, Carlos Casares, Chacabuco, Chascomús, Coronel Pingles, Coronel Rosales, de la Costa, General Paz, General Pueyrredón, General Arenales, General Viamonte, General Villegas, Guaminí, Hipólito Yrigoyen, Junín, Leandro N. Alem, Lobos, Olavarría, Pellegrini, Pergamino, Pinamar, Saladillo, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco, San Cayetano, San Nicolás, San Pedro, Tandil, Trenque Lauquen, Villarino y Villa Gesell.

Por el momento, estas son las jurisdicciones que han flexibilizado las medidas de aislamiento y circulación para los profesionales liberales en toda la provincia o parte de ella.

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