Monotributo. Recategorización cuatrimestral. Vencimiento

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El día 22/5/2017 vence el plazo para que los monotributistas efectúen la recategorización cuatrimestral.

Esta recategorización deberá efectuarse cuando los parámetros de facturación, energía eléctrica consumida y alquileres devengados comprendidos entre el día 1/5/2016 y el día 30/4/2017, así como la superficie afectada a la actividad, difieran con respecto a los correspondientes a la categoría de revista.

Destacamos que próximamente la AFIP implementará el procedimiento denominado “Mi Categoría”, en el que pondrá a disposición del contribuyente la información que posee sobre su situación tributaria para facilitar la permanencia y el correcto encuadramiento de los contribuyentes en el Régimen Simplificado.

Al respecto, ponemos a disposición la Guía Temática “Monotributo. Recategorización”, en la que se encuentra agrupada una selección de doctrina, práctica y legislación relevante sobre el tema.

Acceda aquí.

Fuente: Editorial Errepar