Recibo de sueldo. Emisión indistinta en formato papel o digital

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Se establece que los empleadores podrán optar por emitir, indistintamente, recibos de pago en concepto de salarios u otras formas de remuneración al personal en relación de dependencia en formato papel o digital.
Cualquiera sea el formato en que se emitan, deberán cumplir con los requisitos de la ley de contrato de trabajo y, si correspondiere, con las disposiciones de la ley 25506 (firma digital).
La presente normativa entrará en vigencia el 27 de mayo de 2019.

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