REPRO II: novedades sobre la planilla digital, la certificación contable y notas de la FACPCE

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Acercamos el modelo de certificación contable adoptado por el Ministerio de Trabajo y  dos notas de la FACPCE a distintos organismos gubernamentales conteniendo propuestas relacionadas con la instrumentación del programa.

I. Nueva Planilla Digital y modelo de Certificación Contable

El Ministerio de Trabajo adoptó el modelo de Certificación Contable sugerido por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA.

En este sentido, el Consejo señala que la Ley 20.488 que reglamenta el ejercicio profesional, indica que no es incumbencia del Contador Público presentar informes de terceros en cáracter de DDJJ ni emitir opiniones sobre temas de incumbencias sin describir la base del sustento y procedimientos acordados, por tal motivo, el profesional no podría presentar la DDJJ expuesta en el sitio Web del Ministerio porque se incumpliría con una norma profesional. Además, publicó una nueva versión de la Planilla Digital.

•         Descargue el modelo de Certificación Contable haciendo clic aquí.

 •            Descargue la Planilla Digital haciendo clic aquí.

II. Notas de la FACPCE

II. a- A  la AFIP

La Federación, envió una nota a la AFIP, en relación a la Resolución General 4870 con la que el Organismo habilitó el sistema para tramitar los beneficios de “Créditos a tasa subsidiada y REPRO II” correspondientes al periodo noviembre 2020, fijando como plazo para tramitar los mismos entre el 1 al 6 de diciembre del corriente año.

Mediante la presentación se solicitó la ampliación del plazo fijado en por lo menos diez días hábiles administrativos, porque de lo contrario si dificulta el acceso a los beneficios.

II.b – Al Secretario de Trabajo

La Federación presentó una nota al Secretario de Trabajo de la Nación, en relación con la información publicada en el sitio web del Ministerio (https://www.argentina.gob.ar/trabajo/repro2), referida al Programa de Recuperación Productiva II (REPRO II), donde se incluye un modelo de declaración jurada a ser suscripta por un Contador Público en el marco de la tramitación de los beneficios establecidos en el referido programa.

Puede acceder  a toda la información sobre el REPRO II en nuestro Acceso Rápido, haciendo clic aquí.