RESOLUCIÓN GENERAL (CA) 14/2014 | Convenio Multilateral. Calendario de vencimientos para el año 2015. Se adopta el número de CUIT. Declaraciones juradas anuales correspondientes al período fiscal 2015

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RESOLUCIÓN GENERAL (CA) 14/2014 | Convenio Multilateral. Calendario de vencimientos para el año 2015. Se adopta el número de CUIT. Declaraciones juradas anuales correspondientes al período fiscal 2015

JURISDICCIÓN: Nacional
ORGANISMO: Com. Arbitral Convenio Multilateral
FECHA: 26/11/2014
BOL. OFICIAL: 05/12/2014

VISTO y CONSIDERANDO:
Que es conveniente mantener fechas de vencimiento uniformes para la presentación y pago de la declaración jurada anual del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al universo de contribuyentes que liquidan el gravamen bajo las normas del Convenio Multilateral.
Que en virtud de la decisión de utilizar el número de CUIT como principal identificación de los contribuyentes de Convenio Multilateral, se torna necesario que los vencimientos se determinen por el dígito verificador de dicho número de CUIT.
Que en tal sentido, es necesario establecer el calendario de vencimientos para el año 2015.
Que, asimismo, resulta necesario fijar la fecha de vencimiento de la presentación de la declaración jurada anual correspondiente al período fiscal 2015.
Por ello,

LA COMISIÓN ARBITRAL (Convenio Multilateral del 18/8/1977)
RESUELVE:
Art. 1 – Establecer que las fechas de los vencimientos para la presentación de la declaración jurada y pago del impuesto sobre los ingresos brutos de contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral se determinarán en base al dígito verificador del número de CUIT correspondiente.
Art. 2 – Establecer para el período fiscal 2015 las fechas de vencimiento para la presentación de la declaración jurada y pago del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente a contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 3 – Establecer que el vencimiento para la presentación de la declaración jurada -Formulario CM05- correspondiente al período fiscal 2015 operará el 30 de junio del año 2016, sin perjuicio de aplicar a partir del cuarto anticipo, el coeficiente unificado y determinar las bases imponibles jurisdiccionales según lo establecido en los artículos 79 y 80 de la resolución general 2/2014.
Art. 4 – Comunicar la presente resolución a las jurisdicciones adheridas para que dicten las normas complementarias de lo dispuesto en los artículos anteriores.
Art. 5 – De forma.

ANEXO I
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS
Contribuyentes del Convenio Multilateral
FECHA DE VENCIMIENTO SEGÚN TERMINACIÓN NÚMERO CUIT
(DÍGITO VERIFICADOR)

Anticipos

0 a 1

2 a 3

4 a 5

6 a 7

8 a 9

1

Enero

13/2/2015

18/2/2015

19/2/2015

20/2/2015

23/2/2015

2

Febrero

13/3/2015

16/3/2015

17/3/2015

18/3/2015

19/3/2015

3

Marzo

13/4/2015

14/4/2015

15/4/2015

16/4/2015

17/4/2015

4

Abril

13/5/2015

14/5/2015

15/5/2015

18/5/2015

19/5/2015

5

Mayo

15/6/2015

16/6/2015

17/6/2015

18/6/2015

19/6/2015

6

Junio

13/7/2015

14/7/2015

15/7/2015

16/7/2015

17/7/2015

7

Julio

13/8/2015

14/8/2015

18/8/2015

19/8/2015

20/8/2015

8

Agosto

14/9/2015

15/9/2015

16/9/2015

17/9/2015

18/9/2015

9

Setiembre

13/10/2015

14/10/2015

15/10/2015

16/10/2015

19/10/2015

10

Octubre

13/11/2015

16/11/2015

17/11/2015

18/11/2015

19/11/2015

11

Noviembre

14/12/2015

15/12/2015

16/12/2015

17/12/2015

18/12/2015

12

Diciembre

13/1/2016

14/1/2016

15/1/2016

18/1/2016

19/1/2016