RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 25/2015 | Buenos Aires. Facilidades de pago. Extensión de la vigencia de los regímenes de facilidades de pago

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RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 25/2015 | Buenos Aires. Facilidades de pago. Extensión de la vigencia de los regímenes de facilidades de pago

VISTO:

Que mediante el expediente N° 22700-44302/15 se propicia extender la vigencia de los beneficios dispuestos por las Resoluciones Normativas Nº 7/15 -modificada por la Resolución Normativa Nº 18/15-, Nº 9/15, Nº 10/15, Nº 11/15 y Nº 12/15, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 105 del Código Fiscal (Ley N° 10397, T.O. 2011 y modificatorias), esta Autoridad de Aplicación se encuentra autorizada para otorgar con carácter general, sectorial o para determinado grupo o categoría de contribuyentes y/o responsables, regímenes de regularización de deudas fiscales correspondientes a tributos, intereses, multas y accesorios;

Que el artículo 75 de la Ley N° 14044 autorizó a esta Agencia de Recaudación para disponer regímenes de regularización de deudas fiscales de agentes de recaudación, provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley N° 14653, Impositiva para el año 2015, se extiende la autorización conferida por la norma legal citada en el considerando anterior hasta el 31 de diciembre del ejercicio fiscal corriente;

Que la Resolución Normativa Nº 7/15, modificada por la Resolución Normativa Nº 18/15, estableció medidas complementarias para la regularización de deudas vencidas hasta el 1º de enero de 2006, correspondientes a aquellos contribuyentes o responsables que las incluyeran en los regímenes de regularización vigentes;

Que la Resolución Normativa N° 9/15 estableció un régimen para la regularización de deudas provenientes de los Impuestos Inmobiliario Básico y Complementario, a los Automotores -incluyendo a vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación-, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, que no se encuentren en proceso de ejecución judicial, ni en instancia de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa;

Que la Resolución Normativa Nº 10/15 dispuso un régimen para la regularización de deudas provenientes de los Impuestos Inmobiliario Básico y Complementario, a los Automotores -incluyendo vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación-, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, en instancia de ejecución judicial;

Que, por su parte, la Resolución Normativa N° 11/15 instituyó un régimen para la regularización de deudas de los Agentes de Recaudación, provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, relativas a retenciones y/o percepciones no efectuadas;

Que, mediante la Resolución Normativa Nº 12/15, se implementó un régimen para la regularización de deudas provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, sometidas a proceso de fiscalización, de determinación, o en discusión administrativa, aun las que se encuentren firmes y hasta el inicio de las acciones judiciales respectivas;

Que, venciendo la vigencia de los regímenes establecidos en las Resoluciones Normativas detalladas precedentemente, el día 31 de mayo de 2015 de conformidad a lo dispuesto en la Resolución Normativa Nº 18/15, razones de administración tributaria llevan a estimar conveniente extender nuevamente los mismos hasta el 30 de junio del corriente ejercicio fiscal;

Que han tomado la debida intervención la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro, la Subdirección Ejecutiva de Planificación y Coordinación, y sus dependencias;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1 – Extender, hasta el 30 de junio de 2015, la vigencia de las medidas complementarias para la regularización de deudas vencidas hasta el 1 de enero de 2006, previstas en la resolución normativa 7/2015 y su modificatoria, resolución normativa 18/2015.

Art. 2 – Extender, hasta el 30 de junio de 2015, la vigencia del régimen para la regularización de deudas provenientes de los impuestos inmobiliario básico y complementario, a los automotores -incluyendo a vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación-, sobre los ingresos brutos y de sellos, que no se encuentren en proceso de ejecución judicial, ni en instancia de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa, establecido en la resolución normativa 9/2015.

Art. 3 – Extender, hasta el 30 de junio de 2015, la vigencia del régimen para la regularización de deudas provenientes de los impuestos inmobiliario básico y complementario, a los automotores -incluyendo vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación-, sobre los ingresos brutos y de sellos, en instancia de ejecución judicial, establecido en la resolución normativa 10/2015.

Art. 4 – Extender, hasta el 30 de junio de 2015, la vigencia del régimen para la regularización de deudas de los agentes de recaudación, provenientes de los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos, relativas a retenciones y/o percepciones no efectuadas, establecido en la resolución normativa 11/2015.

Art. 5 – Extender, hasta el 30 de junio de 2015, la vigencia del régimen para la regularización de deudas provenientes de los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos, sometidas a proceso de fiscalización, de determinación, o en discusión administrativa, aun las que se encuentren firmes y hasta el inicio de las acciones judiciales respectivas, establecido en la resolución normativa 12/2015.

Art. 6 – De forma.

Fuente: Editorial Errepar