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El pasado martes 19 de Julio, la Dra. Romina Franco junto al Dr. Sebastián M. Domínguez dialogaron sobre las operaciones con moneda extranjera y cuándo se aplica la percepción del 45% del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales.

La semana pasada, la AFIP incrementó la alícuota de la percepción para operaciones realizadas con tarjetas de crédito y débito en moneda extranjera.

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Este incremento también incluye a los gastos realizados en agencias de turismo y viajes vinculados con servicios contratados en el exterior.

Por eso, los Dres. Romina Franco y Sebastián M. Domínguez mencionaron las siguientes temáticas:

  • Con el incremento del 10%. ¿Cómo quedó el esquema?
  • ¿Qué sucede si se cancela en efectivo?
  • ¿Qué sujetos perciben?. ¿Qué operaciones están alcanzadas?
  • El 45%, ¿es confiscatorio?
  • ¿Qué pasa con la compra de moneda extranjera para ahorrar?
  • ¿Cómo se recupera el exceso de percepciones?

Sobre el primer tópico, aclaró que quedó fuera del incremento lo que es la compra del dólar ahorro (que quienes puedan acceder, seguirán con la percepción del 35%).

Los casos en los que si se aplica el 45%, Domínguez aclaró que esto sucede cuando se incluye el “Impuesto PAIS“. Esta medida influye a las personas que usaron su tarjeta de crédito y/o débito para pagar en pesos costos en el exterior o quienes tienen débito automático y pagan “algún servicio de streaming“, como Spotify o Netflix, entre otros.

Por lo tanto, si se paga con pesos argentinos en una agencia de turismo un viaje al exterior, también se le aplica el 45%, el profesional. Excepto si viaja de manera terrestre a algún país límitrofe de la República Argentina.

Los sujetos no se modificaron y se mantienen en los bancos, empresas, agencias de turismo. El Dr. recalcó que esto comenzó a partir del día 14 de Julio porque el Impuesto PAIS corresponde “cuando paga el saldo de resumen con pesos, no en la fecha de cada consumo“.

Según la ley del impuesto PAIS, el banco la tiene que hacer al momento del cobro“, especificó el expositor.

Luego, reveló lo que la AFIP le habría comentado a los bancos sobre los cobros y en relación con las fechas anteriores a la fecha en la que salió la medida.

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