
Se implementa en la provincia de Santa Fe el sistema de declaración jurada web del impuesto sobre los ingresos brutos.
La Administración Provincial de Impuestos -API- aprueba la aplicación “Declaración Jurada Web del Impuesto sobre los Ingresos Brutos”, mediante la cual los contribuyentes locales del régimen general deberán presentar y pagar sus declaraciones juradas mensuales y anuales.
Se trata de una aplicación informática basada en las nuevas tecnologías web que ha incorporado el Organismo, con el propósito de mejorar la obtención de datos que aseguren una mayor calidad y confiabilidad de información para la administración tributaria.
La presente declaración jurada web estará disponible en el Padrón Web Contribuyentes Locales -RG (API Santa Fe) 14/2017- y su aplicación será gradual y progresiva, teniendo los contribuyentes designados un período de tres meses desde la selección donde su utilización será optativa.
La API notificará a los contribuyentes designados el anticipo a partir del cual podrán presentar las declaraciones juradas a través de esta aplicación y a partir de cuándo la misma será de uso obligatoria para estos.
Los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos -Régimen General-, mediante esta aplicación, podrán realizar la presentación de sus declaraciones juradas originales. En el caso de las declaraciones juradas rectificativas podrán ser presentadas a partir del anticipo 01/2018. Para los períodos anteriores al mencionado precedentemente, tendrán que continuar utilizando el aplicativo domiciliario IBSF.
En tanto, el pago de las Declaraciones Juradas presentadas a través de la mencionada aplicación se realizará por el Volante Electrónico de Pago -VEP– el cual se encontrará disponible en la misma.
La implementación de la aplicación Declaración Jurada Web del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, se realizará en forma gradual y progresiva, teniendo los contribuyentes designados un período de tres meses desde la selección para su utilización optativa.
La Administración Provincial de Impuestos notificará, a los contribuyentes designados, el anticipo a partir del cual podrán presentar las declaraciones juradas a través de la aplicación. También les comunicará el anticipo a partir del cual la aplicación pasará a ser de utilización obligatoria para ellos. En la primera etapa de implementación, su utilización será optativa por el término de 3 tres meses.
A través de esta norma la API designa en su Anexo II a los contribuyentes que podrán utilizar de forma optativa a partir del anticipo abril de 2021 la aplicación “Declaración Jurada Web del Impuesto sobre los Ingresos Brutos”. Estos mismos contribuyentes designados deberán utilizar de manera obligatoria la aplicación, a partir del anticipo Julio de 2021.

Asimismo aquellos contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos que revisten en la Categoría 3 (Grandes Contribuyentes) y que no formen parte del Anexo II citado de la presente, podrán hacer uso de esta aplicación web por etapas y de acuerdo al siguiente detalle:
- A partir del anticipo Septiembre de 2021 los contribuyentes con domicilio Fiscal en las ciudades de Santa Fe y Rosario.
- A partir del anticipo Noviembre de 2021 los contribuyentes con domicilio fiscal en el resto de las ciudades y localidades de la provincia de Santa Fe.
En todos los casos la utilización de la aplicación será optativa por los 3 tres primeros meses y a partir del cuarto mes deberá utilizarse de manera obligatoria.