Se hizo lugar a la demanda por despido arbitrario de una trabajadora que había informado su enfermedad por e-mail

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Icono jurisprudencia ErreparLa Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en autos “Ballesteros, Guadalupe Gloria Soledad c/La Caja de Ahorro y Seguro SA s/despido“, de fecha 11/8/2015, confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda por despido arbitrario interpuesta por la trabajadora, dado que no se acreditó el aspecto subjetivo necesario para la configuración del abandono de trabajo.

En tal sentido, razones de buena fe le imponían al empleador efectuar un nuevo requerimiento a la accionante a fin de justificar inasistencias y concurrir a trabajar, previo a extinguir, sin más, el vínculo laboral por abandono de trabajo, máxime cuando la trabajadora había dado cuenta de que había informado su enfermedad mediante vía electrónica, medio de comunicaciones de estilo en la empresa.

Fuente: Editorial Errepar