La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos “Luque, Rolando Baltazar c/Sociedad del Estado Casa de Moneda s/despido“, de fecha 27/10/2015, hizo lugar al recurso extraordinario federal interpuesto por la demandada y revocó la sentencia que había dispuesto la reincorporación del actor a su puesto por la presunta violación a la estabilidad del empleo público al despedirlo, toda vez que el actor no pertenecía a la planta permanente de un organismo público y su vinculación con la sociedad del Estado se desarrolló desde el comienzo por la ley común (ley de contrato de trabajo). Se destaca la inaplicabilidad al caso del precedente de la Corte Suprema “Madorrán”, por no tratarse de situaciones equivalentes.
Fuente: Editorial Errepar
Te puede interesar:
Impuesto a las ganancias. Gratificación por cese laboral. Liquidación correspondiente a un retiro vo...
Actividad tambera. La SCBA otorgó la indemnización a pesar de no cumplirse los requisitos
Feria Judicial de Invierno
Los recursos en el Fuero de la Seguridad Social. La incidencia del Decreto 814/2001 y los beneficiar...