Se incorporan aspectos de reconocimiento y medición para entes medianos en la resolución técnica 41

por

Legislación ErreparSe modifica la resolución técnica 41 para incorporar aspectos de reconocimiento y medición para entes medianos, considerando como tales a:

a) aquellos que no estén alcanzados por la ley de entidades financieras o realicen operaciones de capitalización, ahorro o en cualquier forma requieran dinero o valores del público con promesa de prestaciones o beneficios futuros;
b) no sean entes aseguradores bajo el control de la Superintendencia de Seguros de la Nación;
c) el monto de ingresos en el ejercicio anual anterior haya sido superior a quince millones ($ 15.000.000) y hasta setenta y cinco millones de pesos ($ 75.000.000);
d) no sean sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria o de economía mixta;
e) no se trate de una sociedad controlante de, o controlada por, otra sociedad excluida por los incisos anteriores.

Asimismo, entre otras disposiciones, se deroga el Anexo A de la resolución técnica 17 y la resolución (JG) 360/2007 de la FACPCE.

Se recomienda a los Consejos Profesionales adheridos a la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas el tratamiento de estas normas y su aplicación para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2016, permitiendo su aplicación anticipada para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2015.

Fuente: Editorial Errepar